Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2014 (26/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 26 de enero de 2014

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memoria descriptiva de octubre del 2013, con las medidas perimetricas y colindancias siguientes: Por el Norte: Colinda con terrenos eriazos del distrito de MORDAZA Eten, mediante linea quebrada, conformada por 5 tramos: tramo 1-2 con 175.04 ml, tramo 2-3 con 231.47, tramo 3-4 con 433.30 ml, tramo 4-5 con 342.10 ml, tramo 5-6 con 414.04 ml, haciendo una distancia total de 1,595.95 ml. Por el Sur : Colinda con terreno eriazo del distrito de Lagunas, mediante linea quebrada, conformada por 3 tramos: tramo 19-20 con 406.21 ml, tramo 20-21 con 239.88, tramo 21-22 con 720.16 ml, haciendo una distancia total de 1,366.25 ml. Por el Este : Colinda con terreno eriazo del Estado, ovalo de Petro Peru,terreno en litigio con Sr. MORDAZA MORDAZA Munoz Lizarzaburo P.E. Nº 02196292 y terrenos de la FAP P.E.Nº 02201417, en linea quebrada de 13 tramos: tramo 6-7 con 323.65 ml, tramo 7-8 con 268.41 ml, tramo 8-9 con 120.19 ml, tramo 9-10 con 109.17 ml, tramo 10-11 con 148.27 ml, tramo 11-12 con 555.37 ml, tramo 12-13 con 125.57 ml, tramo 13-14 con 416.18 ml, tramo 14-15 con 74.81 ml, tramo 15-16 con 391.27 ml, tramo 16-17 con 1,685.56, tramo 17-18 con 962.60 ml, tramo 18-19 con 4,403.04 ml, con una distancia total de 9,584.09 ml. Por el Oeste: Colinda con el litoral del MORDAZA MORDAZA, Petro Peru, area MORDAZA del pueblo de Puerto Eten, mediante linea quebrada de 23 tramos: tramo 22-23 con 5,175.70, tramo 23-24 con 678.69 ml, tramo 24-25 con 638.40 ml, tramo 25-26 con 715.24 ml, tramo 26-27 con 1,536.49 ml, tramo 2728 con 277.18 ml, tramo 28-29 con 194.37 ml, tramo 29-30 con 210.27 ml, tramo 30-31 con 448.67 ml, tramo 31-32 con 462.56 ml, tramo 32-33 con 321.47 tramo 33-34 con 700.00 ml, tramo 34-35 con 470.00 ml, tramo 35-36 con 99.30 ml, tramo 36-37 con 137.63 ml, tramo 37-38 con 341.65 ml, tramo 38-39 con 162.10 ml, tramo 39.40 con 240.06 ml, tramo 40-41 con 52.82 ml, tramo 41-42 con 239.28 ml, tramo 42-43 con 52.82 ml, tramo 43-44 con 245.00 ml, tramo 44-1 con 157.03 haciendo una distancia total de 13,556.73 ml. Articulo Segundo.- El area a inscribirse de acuerdo al articulo primero de la presente resolucion se reserva exclusivamente para el desarrollo portuario del Terminal Maritimo Puerto Eten. Articulo Tercero.- La MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion , efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion, en el Registro de predios de Chiclayo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 1042007-1

plano de ubicacion ­ perimetrico en coordenadas UT PSAD56 y memoria descriptiva de setiembre del 2012, respectivamente; Que, con Resolucion Jefatural Regional Nº 5652012-GR.LAMB/ORAD del 05 de diciembre del 2012, se modifica el articulo primero de la Resolucion Jefatural Regional Nº 356-2012-GR.LAMB/ORAD en atencion a la Esquela de Observacion de fecha 18 de setiembre del 2012 al titulo Nº 2012-72058 de la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo ­ SUNARP, reduciendo a 1,135.51 Has. El area a inmatricular, del terreno eriazo denominado "Area de Influencia del Terminal Maritimo Puerto Eten", segun el plano de ubicacion perimetrico en coordenadas UTM PSAD56 y memoria descriptiva de noviembre del 2012; Que, con Resolucion Jefatural Regional Nº 2372013-GR.LAMB/ORAD del 12 de MORDAZA del 2013, se modifica el articulo primero de la Resolucion Jefatural Regional Nº 565-2012-GR.LAM/ORAD en atencion a la Esquela de Observacion de fecha 04 de marzo del 2013, al titulo Nº2012-97317 de la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo ­ SUNARP, en el extremo del area a inmatricular, del terreno eriazo denominado "Area de Influencia del Terminal Maritimo Puerto Eten", siendo la nueva area a inmatricular, equivalente a 1,170.6525 Has. Conforme al plano de ubicacion perimetrico en coordenadas UTM PSAD56 y memoria descriptiva de MORDAZA del 2013, resolucion que fuera observada a traves de la Esquela de Observacion de fecha 18 de MORDAZA del 2013 por superposicion, entre otros, con el predio inscrito en la partida Nº 02201417, a nombre de la fuerza Aerea del Peru -FAP, Titulo Archivado Nº51/3384, habiendose interpuesto contra dicha esquela, el recurso de apelacion de fecha 19 de MORDAZA del 2013, siendo el principal sustento, que el plano de la ex Direccion General de Reforma Agraria que grafica el predio adjudicado a la FAP, que obra en dicho Titulo Archivado no contiene coordenadas UTM, comprometiendonos a acatar lo observado por SUNARP respecto a otras superposiciones; Que, mediante Resolucion Nº 209-2013-SUNARPTR-T de fecha veintitres de MORDAZA del dos mil trece, la Cuarta Sala del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos con sede en la MORDAZA de MORDAZA resuelve revocar la oservacion decretada por la primera instancia y dispone la tacha sustantiva del titulo en apelacion conforme a los fundamentos contenidos en la parte considerativa de la misma, por lo que es factible presentar MORDAZA titulo para la inscripcion en primera de dominio, a favor del Estado, del terreno eriazo denominado "Area de Influencia del Terminal Maritimo Puerto Eten", de 1,140.479 Has. Ubicado en el distrito de Puerto Eten, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, conforme al plano de ubicacion ­ perimetro en coordenadas UTM PSAD56 de setiembre del 2013, y memoria descriptiva de octubre del 2012, acorde con la determinada resolucion; Estando a la resolucion Nº 209-2013-SUNARP-TRT emitida por la Cuarta Sala del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos con sede en la MORDAZA de MORDAZA, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR modificada por Resolucion de Gerencia General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº255-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008, Ordenanza Regional Nº009-2011GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizaciones y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional MORDAZA y Decreto Regional Nº015-2012-GR.LAMB/PR de fecha 27 de MORDAZA del 2012 que modifica el Manual de Organizaci+on y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado. del terreno ERIAZO denominado "Area de Influencia del Terminal Maritimo Puerto Eten", de 1,140.479 Has, ubicado en el distrito de Puerto Eten, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, conforme el plano de ubicacion- perimetrico en coordenadas UTM PSAD56 de setiembre del 2013 y

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran de interes regional la promocion y difusion de los corredores, rutas y circuitos turisticos de la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA DEL GOBIERNO

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintitres de octubre del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional;