Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2014 (26/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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como infraccion el "Transporta via terrestre harina residual de recursos hidrobiologicos, harina y/o aceite de pescado sin el correspondiente certificado de procedencia"; Que, la Octava Disposicion Complementaria Transitoria y Final del mencionado decreto supremo, que el certificado de procedencia es emitido por las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano indirecto, plantas de harina residual de recursos hidrobiologicos o plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos, con autorizacion vigente del Ministerio de la Produccion; Que, segun la Primera Disposicion Complementaria Transitoria y Final de dicho decreto supremo, la MORDAZA y Octava Disposicion Complementaria Transitoria y Final entraran en vigencia a los quince (15) dias habiles de publicado el decreto supremo; Que, el articulo 7 del Decreto Supremo No. 008-2013PRODUCE, senala que el Ministerio de la Produccion se encuentra facultado para emitir los dispositivos legales que resulten necesarios para el adecuado desarrollo y aplicacion del decreto supremo y el reglamento que este aprueba; Que, mediante Decreto Legislativo No. 1047, Ley Organica del Ministerio de la Produccion, se aprobo la nueva estructura organica del Ministerio de la Produccion; y por Resolucion Ministerial No. 343-2012-PRODUCE, el Reglamento de Organizacion y Funciones del ministerio, estableciendose que la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion es el organo de linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, que tiene por funcion la supervision y fiscalizacion del cumplimiento de la normativa aplicable a las actividades pesqueras y acuicolas, asi como del cumplimiento de las

El Peruano MORDAZA 26 de enero de 2014

condiciones establecidas en el respectivo titulo, otorgado por el Ministerio de la Produccion, para el acceso a dichas actividades economicas; Que, en virtud a lo senalado en el Informe N° 00002-2013-PRODUCE/DIS-hlopez, de la Direccion de Supervision; resulta conveniente aprobar el formato del certificado de procedencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Resolucion Ministerial N° 343-2012PRODUCE; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Formato del Certificado de Procedencia Apruebese el Formato del Certificado de Procedencia y las instrucciones, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicacion La presente resolucion y su anexo seran publicados en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Institucional Articulo 3º.- Vigencia La presente resolucion y el formato que aprueba entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publicacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Supervision y Fiscalizacion