Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2014 (26/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA 26 de enero de 2014

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INSTRUCCIONES La acreditacion se realizara dentro de los tres (03) habiles siguientes a la fecha de publicacion de la resolucion directoral que aprueba el formato. Para tal efecto, el Representante Legal de las plantas de procesamiento de productos pesqueros, remitira una carta de acreditacion a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, adjuntando, ademas, MORDAZA de su vigencia de poder como Representante Legal. 1.8. Las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano indirecto, plantas de harina residual de recursos hidrobiologicos o plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos, con autorizacion vigente del Ministerio de la Produccion deberan llevar un registro de la emision de los Certificados de Procedencia. El registro se genera automaticamente en el archivo Excel descargado del MORDAZA institucional, en el que se almacenan los datos de los certificados de procedencia emitidos. El acumulado de los certificados de procedencia almacenados durante el dia, asi como los certificados escaneados, seran enviados al Ministerio de la Produccion al correo electronico Certificadoprocedencia@produce. gob.pe, el dia siguiente, a mas tardar hasta las 10:00 horas; si coincidiera el dia indicado con un dia inhabil, se enviara el dia habil siguiente. En el MORDAZA del correo se debe indicar: CP emitidos el dia/mes/ano, Nombre/Razon Social de la Planta y Localidad. 1.9. Los certificados de procedencia seran verificados por los inspectores del Ministerio de la Produccion o de las empresas supervisoras, segun corresponda. II. INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE CERTIFICADOS DE PROCEDENCIA 2.1. Numeracion del Certificado (Ver Anexo): El numero de certificado se codificara de la siguiente manera: CP: Iniciales de Certificado de Procedencia. Codigo de la localidad y Codigo de las plantas ya establecidos por las Certificadoras. Numero correlativo: consta de 6 digitos. Ano Ejemplo: CP-301-042-000001-2013 301: localidad Chimbote 042: Codigo de la planta. 000001: Numero Correlativo y unico por planta. 2013: Ano de emision del certificado.

I. INSTRUCCIONES PARA LA EMISION Y REGISTRO DE LOS CERTIFICADOS DE PROCEDENCIA 1.1. El Certificado de Procedencia es el documento que acredita el origen y destino de la Harina y Aceite de Pescado y Harina Residual de Recursos Hidrobiologicos; la trazabilidad de las cantidades producidas y los stocks existentes, asi como los movimientos de los mismos para su transporte interno o su comercializacion. 1.2. El certificado de procedencia se aplica para los productos pesqueros Harina, Aceite de Pescado y Harina Residual de Recursos Hidrobiologicos que se movilicen o transporten. 1.3. El formato del Certificado de Procedencia estara disponible en el MORDAZA del Ministerio de la Produccion en un archivo Excel. Para su emision el personal designado por las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano indirecto, plantas de harina residual de recursos hidrobiologicos o plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos, con autorizacion vigente del Ministerio de la Produccion, deberan descargar el archivo y proceder al llenado del formato que contiene el Excel. 1.4. El formato se emitira tres (03) originales: un (01) original para el emisor, un (01) original para el destinatario y un (01) original para el Ministerio de la Produccion. 1.5. El original del destinatario sera entregado al transportista, quien debera portarlo durante el transporte de los productos y entregarlo al destinatario una vez entregue la mercancia. 1.6. El original del Ministerio de la Produccion sera escaneado y guardado en fisico. El fisico sera entregado a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion los dias quince (15) y treinta (30) de cada mes. En caso de caer dia inhabil, se entregara el dia habil siguiente. En dichas fechas, los emisores entregaran todos los certificados de procedencia que hubiesen emitido hasta el dia anterior a la fecha de entrega. Los originales escaneados seran enviados al Ministerio de la Produccion segun lo establecido en el numeral 1.8 de las presentes instrucciones. 1.7. Para la emision de los certificados de procedencia, el Representante Legal de las plantas de procesamiento de productos pesqueros, debera acreditar ante el Ministerio de la Produccion a un (01) titular y dos (02) suplentes, quienes seran el personal autorizado a firmar los Certificados de Procedencia.

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

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