Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2013 (11/10/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 11 de octubre de 2013

504651
CIRCUITO DE MANEJO Parcela San MORDAZA, altura del Kilometro N° 145 Nueva Panamericana Sur del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, Region Lima. Articulo Segundo.- La Escuela de Conductores Integrales denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Tercero.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera presentar, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Setimo.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C. los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 992957-1

2013; y, tratandose de un procedimiento administrativo de evaluacion previa, esta administracion debio pronunciarse hasta el 25 de MORDAZA de 2013, hecho que no ocurrio, por lo que se ha producido una aprobacion ficta en aplicacion del silencio administrativo positivo; Que, El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del mismo texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentando la relacion detallada de su equipamiento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 011-2013-MTC/15. dhc, se remite el Acta de Inspeccion Ocular, del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Escuela donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del articulo 43° del Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modificatorias; Que, estando con lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 12622013-MTC/15.03.AA.ec, y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion, que autoriza a la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., la ampliacion de local para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el Distrito de San MORDAZA de Canete, Provincia de Canete, Departamento de MORDAZA, por el periodo indicado en su resolucion primigenia, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categorias I, II y III y clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de recategorizacion y reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C. Clase de Integrales Escuela: Escuela de Conductores

Autorizan la baja de linea de inspeccion tecnica vehicular de MORDAZA liviana autorizada a Grupo Tecnologico Automotriz S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3735-2013-MTC/15 MORDAZA, 13 de setiembre de 2013 VISTO: El Parte Diario Nº 099974, de fecha 16 de MORDAZA del 2013, mediante el cual la empresa denominada GRUPO TECNOLOGICO AUTOMOTRIZ S.A.C., solicita modificacion de su autorizacion otorgada mediante resolucion Directoral N° 2521-2009-MTC/15 referida a la

Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA Av. Los Libertadores Mz. B, Lt. 05, 2do piso, Distrito de San MORDAZA de Canete, Provincia de Canete, Departamento de Lima.