Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2013 (16/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Hacia una Prestacion de Servicios Publicos Efectiva", siendo de suma importancia la participacion en dicho evento, el que busca explorar y analizar los temas que son relevantes a los gobiernos locales de nuestro hemisferio con discusiones y sesiones plenarias en tema tales como descentralizacion, desarrollo local, infraestructura MORDAZA, democracia, participacion y cambio climatico entre otros. Que, los gastos que genere la asistencia del MORDAZA Distrital y Gerente Municipal de MORDAZA MORDAZA de los Olleros, gastos de pasaje, hospedaje, alimentacion, traslados y otros, seran asumidos integramente por la persona de don Hiriberto MORDAZA MORDAZA Alejandria y don MORDAZA Vlemer MORDAZA Cuadros. Que, el Senor MORDAZA don Hiriberto MORDAZA MORDAZA Alejandria y don MORDAZA Vlemer MORDAZA MORDAZA viajaran a la MORDAZA de Miami ­ MORDAZA y permanecera en dicho MORDAZA desde el dia 16/06/2013 al 21/06/2013, en comision de servicios a participar del Evento Internacional, MORDAZA referido. Que, la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General, exonera de los informes administrativos y dictamen; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades senala que los Gobiernos gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el Articulo 41º de la ley Organica de Municipalidades precisa que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico vecinal e institucional que expresa la voluntad del organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el Articulo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicios o en representacion de la Municipalidad realice el MORDAZA y Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario"; Que, la Ley Nº 28212, modificada mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006, y la Ley 29718 senala que el acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Ley Nº 27619, normativa que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, reglamentada mediante Decreto Supremo 047-2002-PCM, en el Articulo 2º, respectivamente, precisan que la autorizacion de viajes al exterior se deberan sustentar en el interes institucional, el cual en el presente caso, el viaje del MORDAZA y Gerente Municipal se sustenta en la necesidad de explorar y analizar los temas relevantes a los gobiernos locales, como descentralizacion, desarrollo local, infraestructura MORDAZA, democracia, participacion y cambio climatico entre otros, a efectos de generar y consolidar el crecimiento economico y social de sus habitantes; Que, el Articulo 24º de la acotada Ley Nº 27972, el cual prescribe que en caso de ausencia del MORDAZA lo reemplazara el MORDAZA MORDAZA que, es el primer Regidor habil que sigue en la propia lista electoral; y en caso del Gerente Municipal lo reemplazara el Gerente de Rentas y Tributacion. Que, deliberado el MORDAZA en la Sesion Extraordinaria de Concejo, se aprobo por unanimidad, el viaje del senor MORDAZA Distrital don Hiriberto MORDAZA MORDAZA Alejandria y del senor Gerente Municipal don MORDAZA Vlemer MORDAZA MORDAZA a la MORDAZA de Miami - MORDAZA desde el dia 16/06/2013 al 21/06/2013, en comision de servicios a participar del Evento Internacional denominado: "Democracia Local y Gobiernos Municipales: Hacia una Prestacion de Servicios Publicos Efectiva". De conformidad a lo MORDAZA expuesto, al uso de las atribuciones conferidas en el inciso 3) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y, con la aprobacion del Acta respectiva; SE ACUERDA: 1.- APROBAR, la Autorizacion de viaje al Sr. MORDAZA y Gerente Municipal del Distrito de MORDAZA MORDAZA de los Olleros, de la Provincia de Huarochiri- Region MORDAZA Provincias, don HIRIBERTO MORDAZA MORDAZA ALEJANDRIA, y don MORDAZA VLEMER MORDAZA

El Peruano MORDAZA 16 de junio de 2013

MORDAZA a la MORDAZA de Miami ­ MORDAZA el dia 16/06/2013 al 21/06/2013, en comision de servicios a participar de la Capacitacion al evento internacional denominado "Democracia Local y Gobiernos Municipales: Hacia una Prestacion de Servicios Publicos Efectiva". 2.- ENCARGAR, a la Unidad de Logistica la publicacion del acuerdo adoptado, en el Diario Oficial El Peruano. 3.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo al Despacho de Alcaldia, Gerencia Municipal, Oficina de Asesoria Juridica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. HIRIBERTO MORDAZA MORDAZA ALEJANDRIA MORDAZA Distrital 950581-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Turquia y el Gobierno de la Republica del Peru sobre la Exencion Mutua de Visas, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 037-2012-RE
(Se publica el presente Acuerdo a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio RE. (GAB) Nº 112, recibido el dia 14 de junio de 2013) ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE TURQUIA EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU SOBRE LA EXENCION MUTUA DE VISAS El Gobierno de la Republica de Turquia y el Gobierno de la Republica del Peru (de aqui en adelante denominadas "Las Partes"). Expresando su mutua aspiracion de fomentar las relaciones amistosas y cooperacion entre los dos paises; Deseando facilitar las visitas mutuas de corto tiempo de sus nacionales, Han acordado lo siguiente: ARTICULO 1 Los nacionales de la Republica de Turquia y de la Republica del Peru titulares de un documento valido, segun se indica en los Anexos (1) y (2) de este Acuerdo, podran ingresar, salir, transitar y permanecer temporalmente a, de y dentro del territorio de la otra Parte, de acuerdo con las condiciones que se consignan en este Acuerdo. ARTICULO 2 Los nacionales de cada una de las Partes podran ingresar, salir y transitar a, de y dentro del territorio de la otra Parte utilizando los puntos de cruce de frontera designados para el trafico de pasajeros internacionales. Al cruzar las fronteras estatales, los nacionales de cada una de las Partes se obligan a cumplir con las normas y procedimientos establecidos en la legislacion interna de la otra Parte Contratante. ARTICULO 3 1. Los nacionales de cada una de las Partes, titulares de un documento valido segun se indica en los Anexos (1) y (2) de este Acuerdo, estaran exentos del requisito de visado para ingresar, salir, transitar y permanecer temporalmente a, de y dentro del territorio de la otra Parte por un periodo que no exceda los noventa (90) dias dentro de cualquier periodo de ciento ochenta (180) dias, comenzando en la fecha del primer ingreso. 2. La prorroga de permanencia en el territorio de cada una de las Partes por parte de los nacionales de la otra Parte luego del periodo indicado de 90 dias esta sujeta a la legislacion interna de la Parte receptora. 3. Los nacionales de cada una de las Partes que deseen permanecer en el territorio de la otra Parte mas