Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2013 (16/06/2013)


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Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion N° 16-2013. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar fundado el petitorio del recurso de reconsideracion interpuesto por la Compania Electrica El Platanal S.A., contra la Resolucion OSINERGMIN N° 054-2013-OS/CD, por las razones senaladas en el numeral 2.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Las modificaciones que motive la presente decision en la Resolucion OSINERGMIN N° 054-2013-OS/CD, deberan consignarse en resolucion complementaria. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con los Informes N° 253-2013-GART y el Informe N° 252-2013-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 950866-4

El Peruano MORDAZA 16 de junio de 2013

Aprueban la MORDAZA "Manual de Contabilidad Regulatoria - 2013", aplicable a los concesionarios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribucion de gas natural por red de ductos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 116-2013-OS/CD MORDAZA, 13 de junio del 2013 VISTO: Los Informes N° 195-2013-GART y N° 196-2013GART, elaborados por la Division de Gas Natural y la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (OSINERGMIN). CONSIDERANDO: Que, el Articulo 44° del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo 081-2007-EM, dispone que los concesionarios estan obligados a establecer y mantener una contabilidad regulatoria con cuentas separadas con relacion a los servicios prestados y cuentas consolidadas con respecto al negocio en su totalidad, segun los procedimientos, plazos y medios que establezca OSINERGMIN; Que, el Articulo 38º del citado Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos y el Articulo 46° del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, disponen que los concesionarios deben presentar a OSINERGMIN trimestralmente el Balance general, el Estado de ganancias y perdidas por naturaleza y destino, los Flujo de fondos y otras que el OSINERGMIN considere conveniente. Asimismo, dentro de los veinte (20) dias calendario del mes de MORDAZA de cada ano, los concesionarios deben entregar al OSINERGMIN, los estados financieros del ejercicio anterior, debidamente auditados, debiendo este Organismo Regulador remitir los formatos y los medios tecnologicos mediante los cuales los concesionarios deben proporcionar dicha informacion; Que, el Consejo Normativo de Contabilidad, mediante Resolucion Nº 041-2008-EF/94, publicada el 25 de octubre de 2008, aprobo el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0432009-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Manual de Contabilidad

Regulatoria", aplicable a los concesionarios de transporte de hidrocarburos por ductos y de distribucion de gas natural por red de ductos; Que, posteriormente, con Decreto Supremo N° 0092012-EM, que a su vez fue modificado con Decreto Supremo N° 045-2012-EM, se modificaron diversos aspectos del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 1572012-OS/CD publicada el 22 de MORDAZA de 2012, se dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que modifica el "Manual de Contabilidad Regulatoria" adecuandolo a las modificaciones introducidas por la MORDAZA citada en el considerando anterior, asi como considerando los nuevos enfoques contenidos en dichas modificaciones para facilitar la labor regulatoria de tarifas; Que, no obstante, el Consejo Normativo de Contabilidad, mediante Resolucion Nº 043-2010-EF/94, publicada el 04 de MORDAZA del 2010, aprobo la version modificada del Plan Contable General Empresarial, el mismo que entro en vigencia el 01 de enero del 2011; Que, en consecuencia, resulta necesario reestructurar integramente el "Manual de Contabilidad Regulatoria", actualizando la clasificacion por actividades y adecuando la estructura de cuentas tomando como base la referida version modificada el Plan Contable General; Que, la referida restructuracion debera comprender asimismo aspectos relacionados con el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos creado por Ley N° 29852, cuyo reglamento se aprobo por Decreto Supremo N° 021-2012-EM; Que, conforme al Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte OSINERGMIN, en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido previamente publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en tal sentido, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 022-2013-OS/CD, publicada el 26 de febrero de 2013, se dispuso la publicacion en la pagina web de OSINERGMIN del proyecto de resolucion que aprueba el Manual de Contabilidad Regulatoria, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y con el objeto que los interesados remitan por escrito sus comentarios a la GART del OSINERGMIN; Que, a consecuencia de la publicacion de los proyectos de modificacion del "Manual de Contabilidad Regulatoria", dispuesta mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 157-2012-OS/CD y 022-2013-OS/CD, se recibieron comentarios y sugerencias de las empresas Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. ­ Calidda y Contugas S.A., las mismas que fueron analizadas en los Informes N° 1952013-GART y N° 196-2013-GART, habiendose acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, los informes mencionados en el considerando anterior, complementan la motivacion que sustenta la presente resolucion, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402008-EM y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 16-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la MORDAZA "Manual de Contabilidad Regulatoria - 2013", aplicable a los concesionarios de