Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2012 (23/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2012

28687 y su Reglamento, Decreto Supremo 006-2006VIVIENDA y Procedimiento Administrativo de Visacion de Planos para Servicios Basicos, con un plazo de vigencia de doce (12) meses, contados desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial y siendo que fue publicada el 25.03.2011 tiene vigencia hasta el 26.03.2012; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 328-MDC establece "El plazo de vigencia es de doce (12) meses, contados desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial; facultandose al despacho de Alcaldia a prorrogar la misma mediante Decreto de Alcaldia, quedando facultada para emitir los demas dispositivos necesarios para su mejor aplicacion."; Que, mediante el Informe Nº 067-2012-SGPUC/GDUMC de fecha 20.02.2012 la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, manifiesta que estando proximo a culminar la vigencia de la Ordenanza Nº 328-MDC, solicita la prorroga de la misma por cuanto es beneficioso para la poblacion ya que trata del otorgamiento gratuito de MORDAZA de Posesion Especial para servicios basicos; Que, mediante el Informe Nº 223-2012-GAJ-MDC de fecha 14.03.2012 la Gerencia de Asesoria Juridica opina que en coordinacion con el Despacho de Alcaldia se expida el Decreto de Alcaldia que disponga la prorroga de la Ordenanza Nº 328-MDC, la misma que puede efectuarse hasta por un plazo MORDAZA de doce meses; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 328-MDC y los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normatividad pertinente; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 26 de Marzo del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 328-MDC, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa; Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los catorce dias del mes de Marzo del dos mil Doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

767200-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Restituyen el nombre de MORDAZA MORDAZA C. MORDAZA al actual MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 384-MPL
Pueblo Libre, 14 de marzo de 2012 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 06 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 001-2012-MPL/CPL-CERND; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo II del Titulo Preliminar senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico;

Que, de acuerdo a lo establecido en el Titulo XIII de la Ley Nº 27972, la capital de la Republica tiene regimen especial que le otorga a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, competencias y funciones especificas irrestrictas de caracter local, metropolitano y regional; dentro de este contexto el articulo 79º numeral 1.4.5 de la citada ley establece que son funciones especificas, exclusivas de las Municipalidades en materia de organizacion y espacio fisico y uso del suelo, aprobar la regulacion Provincial, respecto al otorgamiento de nomenclatura de calles, parques y vias; Que, asimismo el articulo 81º numeral 2.2 de la mencionada Ley, establece como funcion especifica compartida de las municipalidades provinciales, organizar la senalizacion y la nomenclatura de vias en coordinacion con las municipalidades distritales y en su numeral 3.1 establece como funcion especifica compartida de las municipalidades distritales, la de establecer la nomenclatura y senalizacion de calles y vias de acuerdo con la regulacion provincial y en coordinacion con la municipalidad provincial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 154-2009MPL de fecha 15 de diciembre de 2009, se aprobo la restitucion del nombre original del actual MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el de MORDAZA C. MORDAZA y el Expediente Tecnico sustentatorio, disponiendo su remision a la Sub Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima; siendo remitido mediante Oficio Nº 084-2010-MPL-OSG de fecha 11 de febrero de 2010 (Documento Simple Nº 23160-10), para su estudio, evaluacion y emision del Dictamen favorable correspondiente; Que, mediante Acuerdo del Concejo Metropolitano de MORDAZA Nº 405 de fecha 21 de febrero de 2012, se acordo "Restituir el nombre MORDAZA MORDAZA C. MORDAZA, quedando sin efecto el nombre actual MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Distrito de Pueblo Libre; de conformidad al Decreto Supremo Nº 004-95-MTC, Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas Recreativas"; Que, el articulo 2º de la Ordenanza Nº 1274-MML establece que la modificacion de la nomenclatura y numeracion de las vias de nivel local, en consonancia con el Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, se oficializa exclusivamente a traves de Ordenanza aprobada por el Concejo de la Municipalidad Distrital que corresponda, previo Dictamen favorable de la Sub Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a la cual se integra un Regidor de la Municipalidad Distrital que propone la modificacion; Que, asimismo se hace necesario facilitar a los vecinos que habitan en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los tramites que llevaran a cabo ante instituciones publicas y privadas, para el registro de la nueva nomenclatura; y exonerarles del pago de los derechos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, por concepto de Certificado de numeracion y Certificado de Nomenclatura, previa solicitud del interesado; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto la siguiente:

ORDENANZA QUE RESTITUYE EL NOMBRE DE MORDAZA MORDAZA C. MORDAZA AL ACTUAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE
Articulo Primero.- RESTITUIR el nombre de MORDAZA "Julio C. Tello", quedando sin efecto el nombre actual de MORDAZA "Antonio Polo" del distrito de Pueblo Libre, de conformidad a lo senalado en el Acuerdo del Concejo Metropolitano de MORDAZA Nº 405 de fecha 21 de febrero 2012. Articulo Segundo.- EXONERAR del pago de derechos por concepto de Certificado de Numeracion y Certificado de Nomenclatura a todas las personas que cumplan con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, cuyos inmuebles esten ubicados en el MORDAZA MORDAZA C. MORDAZA y que lo soliciten como consecuencia de la modificacion de nomenclatura aprobada por la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER que el plazo para acogerse al beneficio senalado en el articulo anterior y la MORDAZA de las solicitudes sera de 120 dias calendario, contados desde el dia siguiente de la notificacion personal