Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2012 (23/03/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

462968

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2012

procesos que conoce, con su misma competencia territorial. c. El Primer Juzgado Especializado de Trabajo conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, iniciando la tramitacion de los mismos con carga cero. El mencionado organo jurisdiccional remitira al Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio creado, los procesos que viene tramitando con la Ley Nº 26636 para su liquidacion; asi como los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, para la continuacion de su tramite hasta su culminacion. d. El MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo conocera los procesos comprendidos en la Ley Nº 29497, asi como los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que se inicien a partir de la implementacion de la citada Ley. El mencionado organo jurisdiccional iniciara la tramitacion de dichos procesos con carga cero, para estos efectos remitira a los Juzgados Civiles con sede en el Distrito de Independencia los procesos a su cargo. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte dispondra lo conveniente para la proporcional redistribucion de la carga procesal. e. El Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado con especialidad laboral, conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, iniciando la tramitacion de los mismos con carga cero. f. El Juzgado de Paz Letrado Transitorio, liquidara procesos laborales. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte dispondra lo conveniente para la remision total de los procesos laborales iniciados MORDAZA de la implementacion de la Ley Nº 29497 en el Distrito Judicial, provenientes de los Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Independencia hacia el citado organo jurisdiccional. g. El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canta en adicion a sus funciones, conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, segun corresponda, con su actual competencia territorial. Articulo Cuarto.- Disponer las siguientes medidas a partir del 3 de setiembre de 2012: a. Los Juzgados Mixtos y Mixtos Transitorios con sede en los Distritos de Carabayllo, Los MORDAZA y San MORDAZA de Porres, liquidaran los procesos laborales que vienen tramitando bajo la Ley Nº 26636, asimismo, continuaran tramitando los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales a su cargo hasta su culminacion, y seguiran conociendo los procesos sobre otras materias de su competencia. Los Juzgados de Paz Letrado de los mencionados distritos y el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Comas, liquidaran los procesos laborales a su cargo y seguiran conociendo los procesos sobre otras materias de su competencia. b. El Juzgado Civil y el Juzgado Mixto Transitorio con competencia en los Distritos de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Ancon, liquidaran los procesos laborales que vienen tramitando bajo la Ley Nº 26636, asimismo, continuaran tramitando los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales a su cargo hasta su culminacion, y seguiran conociendo los procesos sobre otras materias de su competencia. Los Juzgados de Paz Letrado con competencia en los citados distritos liquidaran los procesos laborales a su cargo, y continuaran conociendo los procesos sobre otras materias de su competencia. Articulo Quinto.- El Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo llevara a cabo acciones de seguimiento, evaluacion y monitoreo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte con la finalidad de verificar el desarrollo del MORDAZA de implementacion de la citada Ley. La Gerencia General del Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte deberan brindar el apoyo requerido para la ejecucion de las citadas acciones. Articulo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial ejecute las medidas tendientes a la efectiva implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte, consistentes en la dotacion de los recursos conforme a las previsiones establecidas

para tal efecto, con cargo a los recursos presupuestales del Poder Judicial. Articulo Setimo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte efectuar las acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion, en cuanto sea de su competencia, en coordinacion con el Equipo Tecnico Institucional, velando por el cumplimiento estricto de la fecha de implementacion. Articulo Octavo.- Los organos jurisdiccionales transitorios creados mediante la presente resolucion tendran vigencia hasta el 31 de marzo de 2013, al termino del cual podran ser prorrogados, reubicados o convertidos de acuerdo a las necesidades del servicio. Articulo Noveno.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Oficina de Control de la Magistratura de Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

767873-1

Aprueban la estructura organizativa y funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 039-2012-CE-PJ
MORDAZA, 2 de marzo de 2012 VISTO: El Oficio Nº 510-2012-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, remitiendo proyecto de la estructura organizativa y funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Decreto Legislativo 957 se promulgo el MORDAZA Codigo Procesal Penal, que en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias establece que el referido cuerpo legal entrara en vigencia en forma progresiva en diversos Distritos Judiciales, segun el Calendario Oficial aprobado. Asimismo, mediante Decreto Legislativo 958 se creo la Comision Especial de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal para el diseno, conduccion, coordinacion, supervision y evaluacion del MORDAZA de implementacion de la reforma procesal penal; y por Decreto Supremo Nº 013-2005-JUS se aprobo el Plan de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y el Calendario Oficial de Implementacion elaborado por la referida Comision, la misma que fue modificada y actualizada por los Decretos Supremos Nº 007-2006-JUS y Nº 005-2007-JUS. Segundo. Que el articulo 2º de la Ley 28671 dispone que el Poder Judicial, entre otras instituciones, conforme Equipos Tecnicos Institucionales para la adecuada implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal; por lo que, en ese sentido, mediante la Resolucion Administrativa Nº 010-2009-CE-PJ del 12 de enero de 2009 y las Resoluciones Administrativas Nros. 043 y 285-2011-CE-PJ, del 26 de enero y 15 de noviembre de 2011, respectivamente, se constituyo y reconformo el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, que tiene como funciones, entre otras, formular politicas y objetivos para la adecuada implementacion del MORDAZA texto procesal penal, asi como elaborar el calendario oficial para su aplicacion. Tercero: Que resulta necesario actualizar la estructura de la organizacion interna del Equipo Tecnico de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, a fin de consolidar la implementacion de la reforma procesal penal, con el uso eficiente de sus recursos y celeridad que ello amerita.