Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2012 (23/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Acuerdos adoptados sobre modificacion del Numeral 3.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario
ACUERDO DE DIRECTORIO N° 006-2012/010-FONAFE
1. Modificar el numeral 3.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, considerando el siguiente texto: "Dentro del plazo establecido por el articulo 23° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control aprobado por Resolucion de Contraloria General N° 063-2007-CG, las Empresas deberan solicitar a la Contraloria General de la Republica la designacion de la sociedad de auditoria que realizara la evaluacion anual de los estados financieros de dicho ejercicio. Para realizar dicha solicitud no se requiere instruccion de la Junta General de Accionistas." 2. Delegar en la Direccion Ejecutiva la realizacion de las acciones necesarias para la implementacion del presente acuerdo. 3. Dispensar el presente acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. TITTO ALMORA AYONA Director Ejecutivo

que el Poder Judicial dispone la creacion e instalacion progresiva de juzgados y MORDAZA laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 023-2012-CE-PJ, de fecha 7 de febrero del ano en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo el Calendario de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo estableciendose para el Distrito Judicial de MORDAZA Norte a partir del 3 de setiembre del 2012. Tercero. Que en virtud de lo dispuesto en la mencionada resolucion, se eleva propuesta de conformacion de organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte, sustentada en el informe Nº 033-2012-SEPGP-GG-PJ elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial, y en las propuestas y alcances de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; asi como en las reuniones de trabajo efectuadas por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que el articulo 82º, incisos 24, 25 y 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica el Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Quinto. Que resulta conveniente fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia mas eficiente siendo necesario, en tal sentido, dictar las medidas pertinentes a fin de hacer efectivos los principios procesales de inmediacion, oralidad, concentracion, celeridad, economia y veracidad consagrados en la Nueva Ley Procesal del Trabajo Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 1412012 de la octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA y Chaparro MORDAZA, sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, respectivamente. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir a partir del 3 de setiembre de 2012, los siguientes organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte: · Juzgado Especializado de Trabajo, en Primer Juzgado Especializado de Trabajo · MORDAZA Juzgado Especializado Civil, en MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo. Los mencionados organos jurisdiccionales tendran competencia territorial en todo el Distrito Judicial, excepto la Provincia de Canta, y su sede sera el Distrito de Independencia. Articulo Segundo.- Crear a partir del 3 de setiembre de 2012, los siguientes organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte: a. Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio, b. Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado con especialidad laboral; y c. Juzgado de Paz Letrado Transitorio. Los mencionados organos jurisdiccionales tendran competencia territorial en todo el Distrito Judicial, excepto la Provincia de Canta, y su sede sera el Distrito de Independencia. Articulo Tercero.- Disponer las siguientes medidas sobre la competencia de los organos jurisdiccionales y la distribucion de la carga procesal en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte: a. La Primera y MORDAZA MORDAZA Civiles asumiran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. b. La Sala Civil Transitoria liquidara los procesos laborales a su cargo y continuara tramitando los demas

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten y crean diversos organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte, y dictan medidas complementarias
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 037-2012-CE-PJ
MORDAZA, 2 de marzo de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 24-2012-ETIINLPT-GO/PJ cursado por el Gerente Operacional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Informe Nº 033-2012-SEP-GP-GG-PJ de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de General del Poder Judicial; y los Oficios Nros. 11278-2011 y 11744-2011P-CSJLN/PJ y 1394-2012-P-CSJLN/PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. CONSIDERANDO: Primero. Que la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Nueva Ley Procesal del Trabajo -Ley Nº 29497-, establece