Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2012 (23/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462959

Que, de acuerdo al Informe de Vistos, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, en atencion a la recomendacion efectuada por el IMARPE, ha estimado pertinente para la flota industrial pesquera, como medida de ordenamiento pesquero, el establecimiento del limite de captura de los recursos jurel y caballa en 30 mil y 20 mil toneladas respectivamente, para el MORDAZA trimestre 2012. Asimismo, recomienda dejar sin efecto las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 055-2012-PRODUCE, que suspende las actividades extractivas del recurso jurel en todo el litoral peruano; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministerio de Pesqueria, de las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer el limite de captura de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus) en 30 mil y 20 mil toneladas respectivamente para la flota industrial pesquera, correspondiente al MORDAZA trimestre del ano 2012, comprendido entre el 1 de MORDAZA al 30 de junio de 2012. Una vez cumplido el limite de captura para cada recurso, el Ministerio de la Produccion suspendera las actividades extractivas por los dias que resten del periodo autorizado. Articulo 2º.- Dejar sin efecto las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 055-2012PRODUCE. Articulo 3º.- El Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, efectuara el monitoreo y seguimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial, debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion los resultados de dicha labor, recomendando oportunamente la suspension de la actividad extractiva de los referidos recursos en caso se alcance la cuota establecida en el articulo 1º de la presente Resolucion, asi como las medidas de regulacion pesquera que MORDAZA pertinentes. Articulo 4º.- Las actividades extractivas y de procesamiento de jurel y caballa se encuentran sujetas a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE. Las infracciones cometidas en el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento de jurel y caballa, seran sancionadas conforme a la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas ­ RISPAC, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE, demas normas concordantes, complementarias y ampliatorias. Articulo 5º.- Los armadores o empresas pesqueras que se dediquen a la actividad extractiva de jurel y caballa, deben brindar acomodacion y las facilidades que se requiera durante las operaciones de pesca, para el embarque de personal cientifico de investigacion del IMARPE, cuando dicha Institucion asi lo requiera. Articulo 6º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales o Gerencias Regionales con competencia pesquera, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a MORDAZA en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0311-RE-2012
MORDAZA, 20 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Presidencia Pro Tempore de la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR) ha convocado a la "I Reunion del Mecanismo de Consultas Regulares y de Autoridades Judiciales, Policiales, Financieras, Aduaneras y de Organos de Combate a las Drogas de los Paises Suramericanos" y a la "I Reunion del Consejo Suramericano sobre el Problema Mundial de Drogas", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, el 21 de marzo del 2012, y del 22 al 23 de marzo de 2012, respectivamente; Que, los referidos eventos revisten especial importancia, dado que se creara el Mecanismo de Consultas Regulares de autoridades judiciales, policiales, financieras, aduaneras y de organos de combate a las drogas de los paises suramericanos de naturaleza permanente; y se abordaran temas relativos a la implementacion de estrategias y acciones para la reduccion de su demanda; el desarrollo alternativo, integral, sostenible y preventivo; la reduccion de su oferta; y, las medidas de control de drogas en el ambito suramericano, respectivamente; Teniendo en cuenta los Memoranda (UNS) N° UNS0054/2012, de la Direccion de UNASUR y Mecanismos de Coordinacion Sudamericanos, de 05 de marzo de 2012; y (OPR) N° OPR0178/2012, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 19 de marzo de 2012, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; asi como el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Embajada del Peru en la Republica del Ecuador que ejerce labores en la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR), a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del MORDAZA, del 21 al 23 de marzo de 2012, para que participe en la "I Reunion del Mecanismo de Consultas Regulares y de Autoridades Judiciales, Policiales, Financieras, Aduaneras y de Organos de Combate a las Drogas de los Paises Suramericanos" y en la "I Reunion del Consejo Suramericano sobre el Problema Mundial de Drogas". Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promocion, Ejecucion y Evaluacion de las Acciones de Politica Exterior, debiendo presentar la rendicion de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Clase Economica US$ 1,388.89 Viaticos por dia US$ 200.00 Numero de dias 3+1 Total viaticos US$ 800.00

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

767880-1

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.