Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistiran, asi mismo deberan presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- El presente Acuerdo no MORDAZA ni exonera del pago del impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 68965-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL AZANGARO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 028-2007-MPA/RP. Azangaro, 28 de MORDAZA de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE AZANGARO - REGION PUNO. VISTO: El acta de sesion Extraordinaria Nº 023-2007 de fecha 25 de MORDAZA de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las Leyes y Disposiciones de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, mediante Informe N° 096-2007-MPA/DPS, efectuada por la encargada de la Division de Programas Sociales, se solicita disponer la adquisicion inmediata y distribucion de los productos del Programa Vaso de Leche, por considerarlo imprescindible y sugiere que se declare en situacion de desbastecimiento la adquisicion de leche evaporada para el Programa Vaso de Leche de esta Municipalidad, correspondiente a los meses de MORDAZA, junio y MORDAZA del ano en curso e incrementar las raciones de tales meses, para cubrir la dotacion de los meses de enero a MORDAZA ; Que, segun el informe emitido por el Comite Especial de Adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, ha informado que en cuanto a la Leche Evaporada, ha quedado desierta debiendose realizar una nueva convocatoria; empero manifiesta que es de preocupacion su adquisicion, puesto que el MORDAZA acarrea un plazo de 45 dias aproximadamente, para su MORDAZA, por lo que sugiere que se realice la compra por exoneracion de una entrega y paulatinamente efectuar la MORDAZA convocatoria. Que, en sesion Extraordinaria numero 023 de fecha 25 de MORDAZA de 2007, se ha aprobado por unanimidad declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del producto de Leche Evaporada para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Azangaro, por el periodo comprendido entre los meses de MORDAZA, junio y MORDAZA del ano en curso, por consiguiente exonerandose del MORDAZA de seleccion de acuerdo a lo establecido en el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias, esto en razon de lo dispuesto por los articulos 19º y 21º del Texto Unico

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM; "considerandose en situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial ..." Que, segun lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 en el articulo 20º inciso 3), es atribucion del MORDAZA, ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. Por lo expuesto y de conformidad a lo que establecen los articulos 9° y 41° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, los miembros del Concejo Provincial de Azangaro, previo estudio y deliberacion; ACORDARON: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del producto de Leche Evaporada para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Azangaro, por el periodo comprendido entre los meses de MORDAZA, junio y MORDAZA del ano en curso, por consiguiente exonerandose del MORDAZA de seleccion de acuerdo a lo establecido en el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias. Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Abastecimientos para que proceda a la adquisicion de este producto Leche Evaporada para el Programa Vaso de Leche, siguiendo el MORDAZA de exoneracion del MORDAZA de seleccion, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 84-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, cuyo monto referencial es de: Item 1 Leche Evaporada Monto: S/. 123,232.02, el mismo que incluye la compra de raciones adicionales para cubrir las necesidades de los meses previos. Articulo Tercero.- Pongase en conocimiento de la Comision Permanente y Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad, el inicio de las acciones destinadas a determinar o deslindar responsabilidades administrativas de los Funcionarios o servidores involucrados, si las hubiere de conformidad con lo dispuesto en el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Pongase en conocimiento el Acuerdo de Concejo y los informes que lo sustentan, en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo establecido por Ley. Articulo Quinto.- Solicitese a la Contraloria General de la Republica a fin de que por intermedio de la Oficina de Control Interno de la Municipalidad Provincial de Azangaro, participe de oficio en las contrataciones y adquisiciones de Leche Evaporada para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Azangaro, en situacion de desabastecimiento conforme lo establece el articulo 21 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, la publicacion del Acuerdo de Concejo respectivo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes de la fecha de adopcion del acuerdo, asi como disponer la publicacion en el SEACE por el responsable, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 147º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Septimo.- Poner en conocimiento el presente acuerdo, a las dependencias correspondientes. Registrese comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA PACHARI INOFUENTE MORDAZA 68419-1