Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

Supremo Nº 074-2006-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 183-2006-EF se sustituyo la Tabla Aduanera del Maiz aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio del 2007; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de MORDAZA de 2007; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. ---------------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo ---------------------------------------------------------------------------Del 16/5/2007 al 185 364 364 2 579 31/5/2007 ---------------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Hacienda Encargado del Despacho del Viceministro de Economia 69370-1

Que, asimismo, la citada MORDAZA dispone que la viabilidad de los proyectos senalados en el considerando precedente podra ser otorgada por las Oficinas de Programacion e Inversiones de los Gobiernos Regionales y Locales, en el MORDAZA de sus competencias, con la aprobacion del estudio de preinversion a nivel de Perfil, hasta el 31 de diciembre de 2007, siempre que las MORDAZA de financiamiento de tales proyectos MORDAZA Recursos Ordinarios o Recursos Determinados; Que, el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 0142007 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 015-2007, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa coordinacion con los sectores del Gobierno Nacional en materias de su competencia, aprobara los contenidos minimos adecuados de los Perfiles para los proyectos MORDAZA senalados; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar los contenidos minimos adecuados del estudio de preinversion a nivel de Perfil para los proyectos de inversion publica MORDAZA mencionados; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 790; la Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nºs. 28522 y 28802; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Contenidos minimos adecuados del estudio de Perfil de los proyectos de inversion senalados en el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 014-2007 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 015-2007. 1.1. Apruebense los contenidos minimos adecuados del estudio de Perfil de los proyectos de inversion senalados en el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 014-2007 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 015-2007, los cuales forman parte integrante de la presente MORDAZA y se detallan a continuacion: - Rehabilitacion de carreteras vecinales - Rehabilitacion de carreteras departamentales - Mejoramiento de carreteras - Infraestructura y equipamiento de escuelas - Telecomunicacion rural - Saneamiento - Infraestructura y equipamiento de establecimientos de salud - Electrificacion rural - Pequenas y medianas infraestructura de riego 1.2. Los contenidos minimos del estudio de Perfil de los proyectos de inversion publica en saneamiento son aquellos aprobados mediante la Resolucion Ministerial Nº 559-2006-EF/15 modificada por la Resolucion Ministerial Nº 163-2007-EF/15. Articulo 2º.- Proyectos de inversion publica que se enmarquen en el numeral 21.1 del articulo 21º de la Directiva Nº 002-2007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/68.01. 2.1. Los contenidos minimos aprobados por la presente Resolucion Directoral, para los proyectos de rehabilitacion de carreteras vecinales y departamentales, mejoramiento de carreteras y electrificacion rural no son de aplicacion a los proyectos de inversion publica, que se enmarquen en el numeral 15.1 del articulo 15º de la Directiva Nº 0022007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/68.01, a los cuales les es de aplicacion el Formato SNIP 03 - Perfil Simplificado de PIP Menor. 2.2. Para los demas proyectos, los contenidos minimos autorizados por la presente MORDAZA no son de aplicacion a aquellos que se enmarquen en el numeral 15.1 del articulo 15º o en el numeral 21.1 del articulo 21º de la Directiva Nº 002-2007-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/68.01, a los cuales les es de aplicacion el Formato SNIP 03 - Perfil Simplificado de PIP Menor o el Anexo SNIP 05 - Contenidos Minimos - Perfil, respectivamente.

Aprueba los contenidos minimos del estudio de Perfil de los proyectos de inversion a que se refiere el articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 014-2007 modificado por el Decreto de Urgencia N° 015-2007
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2007-EF/68.01 MORDAZA, 4 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28802, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el inciso k) del numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006EF, establece que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico es competente para establecer metodologias generales y especificas para la formulacion y evaluacion de proyectos, asi como normas tecnicas y parametros de evaluacion; Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2007 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 015-2007, se declara prioritaria la ejecucion de los proyectos en materia de rehabilitacion y mejoramiento de carreteras; infraestructura y equipamiento de escuelas; telecomunicacion rural; saneamiento; infraestructura y equipamiento de establecimientos de salud; electrificacion rural; asi como pequenas y medianas infraestructuras de riego; desde la entrada en vigencia de dicho dispositivo hasta el 31 de diciembre de 2007;