Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Que de acuerdo al mandato judicial dispuesto por la Primera Sala Especializado en lo Civil de MORDAZA, a traves de la Resolucion Nº Doce de fecha 13 de marzo del 2007, en cumplimiento del mismo, corresponde dejar sin efecto en todos sus alcances la Resolucion Directoral Nº 1482006-PRODUCE/DGEPP de fecha 9 de MORDAZA del 2006; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 243-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y en cumplimiento de la Resolucion Numero Doce del 13 de marzo del 2007, expedida por la Primera Sala Especializado en lo Civil de Piura. SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del mandato judicial expedido por la Primera Sala Especializada en lo Civil de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Nº Doce de fecha 13 de marzo del 2007, se deja sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 148-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 9 de MORDAZA del 2006 que otorgo permiso de pesca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22595-CM. Articulo 2º.- Excluir a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22595-CM del literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Primera Sala Especializado en lo Civil de MORDAZA, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 68451-5

la autorizacion del Ministerio de Produccion (antes Ministerio de Pesqueria); Que mediante los escritos del visto, MORDAZA VIKIE MORDAZA MORDAZA RIVERO solicita autorizacion por el periodo de 5 anos para la importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA de aguas continentales y marinas procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamerica, Brasil, Indonesia, Venezuela, Taiwan, Alemania, Italia, Singapur, Tailandia, China, Ecuador, Costa Rica, Panama, Colombia, Filipinas, Japon, Espana y Srilanka, con fines de recreacion y comercializacion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por el administrado, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 18, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, que corresponde al procedimiento administrativo de Autorizacion para la exportacion o importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA con fines de investigacion, recreacion y/o difusion cultural y comerciales, por lo que procede otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 227-2007PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento administrativo Nº 18 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y actualizado con Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a MORDAZA VIKIE MORDAZA MORDAZA RIVERO, por el periodo de cinco (5) anos, la importacion con fines de recreacion y comercializacion de setenta y seis mil quinientas (76 500) ejemplares MORDAZA de las especies hidrobiologicas marinas y de aguas continentales que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion, procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamerica, Brasil, Indonesia, Venezuela, Taiwan, Alemania, Italia, Singapur, Tailandia, China, Ecuador, Costa Rica, Panama, Colombia, Filipinas, Japon, Espana y Srilanka, a ser instalados en la tienda acuaristica ubicada en la Av. MORDAZA Nº 308 - Urb. Monterrico, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La eficacia de la presente Resolucion estara sujeta al ingreso de las especies hidrobiologicas MORDAZA autorizadas, con el correspondiente certificado sanitario, el mismo que debera ser presentado a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero en el termino de las veinticuatro (24) horas de efectuada la importacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Autorizan a persona natural la importacion de ejemplares vivos de especies hidrobiologicas marinas y de aguas continentales con fines de recreacion y comercializacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 245-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2007 Visto el escrito con registro Nº 00016569 de fechas 7 de marzo y 24 de MORDAZA del 2007, presentados por MORDAZA VIKIE MORDAZA MORDAZA RIVERO. CONSIDERANDO: Que el articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la presente Ley y en las condiciones que determina el reglamento; Que el numeral 26.1 del articulo 26º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone que la importacion y exportacion de especies hidrobiologicas MORDAZA con fines de investigacion, recreacion o difusion cultural; requerira

ANEXO
NOMBRE DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS Nombre Cientifico Carassius auratus Betta splendens Lebistes reticulatus Cichlasoma citrinellium Nombre Comun "Goldfish" "Betas", "Gupies" "Cirujano" Nº DE ESPECIMENES 1000 1000 1000 500