Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

346550

NORMAS LEGALES
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 073-2007/SBN-GO-JAR

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

La MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2007 Visto el Expediente Nº 044-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de Inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 232 749,14 m² denominado MORDAZA "San Martin", ubicado en el MORDAZA MORDAZA, aproximadamente a 1,00 kilometro del continente frente a la playa "Tambo de Mora", en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno eriazo ribereno al mar de 232 749,14 m² denominado MORDAZA San MORDAZA, ubicado en el MORDAZA MORDAZA, aproximadamente a 1,00 kilometro del continente frente a la playa "Tambo de Mora", en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, con fecha 28 de agosto de 2006 se realizo una inspeccion tecnica al citado terreno, verificandose que corresponde a una MORDAZA con suelo rocoso - arenoso, compuesto por MORDAZA y acantilados de mediana pendiente, que vienen siendo usadas como MORDAZA de extraccion de guano administrada por el Ministerio de Agricultura ­ PROABONOS; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 20 de marzo de 2007, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senala que de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 1646-2007-SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha 14 de marzo de 2007, el terreno submateria se ubica en ambito donde graficamente no se observa inscripcion registral; Que, el Articulo 5º inciso f) del Decreto Ley Nº 17752 "Ley General de Aguas", establece que las islas existentes y las que se formen en el mar, en los MORDAZA, lagunas o esteros o en los MORDAZA, siempre que no procedan de una bifurcacion de las aguas, al cruzar tierras de propiedad de particulares, son de propiedad inalienable e imprescriptible del Estado; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Publicos, ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 232 749,14 m² de conformidad con el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificado por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto

Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por los Decretos Supremos N°s 107-2003-EF, 042-2006-EF, 164-2006-EF y 195-2006-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 083-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de MORDAZA de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 232 749,14 m² denominado MORDAZA "San Martin", ubicado en el MORDAZA MORDAZA, aproximadamente a 1,00 kilometro del continente frente a la playa "Tambo de Mora", en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, anotando su condicion de dominio publico en el Registro de Predios de Huacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 68429-4 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 078-2007/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2007 Visto el Expediente Nº 048-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del predio de 2 434,17 m², ubicado a 50 metros al Oeste de la Carretera Panamericana Sur, a la altura del kilometro 677, distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un predio de 2 434,17 m², ubicado a 50 metros al Oeste de la Carretera Panamericana Sur, a la altura del kilometro 677, distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica el 17 de setiembre de 2006, se verifico que el citado predio se encuentra ubicado dentro del ambito extra MORDAZA del distrito de MORDAZA, conformado por terreno gravoso, de topografia ligeramente plana, y se encuentra ocupado por una Estacion Retransmisora de propiedad de Telefonica del Peru S.A.A.; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 8 de marzo del 2007, la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA da cuenta que de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 4082007/ZRXII-OC-R de fecha 7 de marzo de 2007, emitido por la Oficina de Catastro, sobre el predio en consulta no existe superposicion grafica total o parcial con predios inmatriculados e incorporados en las bases cartograficas de las propiedades inscritas; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada