Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

346512

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, con Informe Nº 197- 2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por D. S. Nº 035-2003-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 186-2006-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a Industrial Pesquera Ilo S.A., por Resolucion Directoral Nº 378-2006-PRODUCE/DGEPP, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado convencional, con la capacidad instalada de 145 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 754, de la Panamericana Sur, localidad de La Planchada, distrito de Ocona, provincia de Camana, Dpto de MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2°.- CFG INVESTMENT S.A.C., debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir y ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental correspondiente. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgado a favor de MORDAZA S.A.C, por Resolucion Directoral Nº 378-2006-PRODUCE/DGEPP, 19 de octubre de 2006. Articulo 5°.- Incorporar a CFG INVESTMENT S.A.C., como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, ubicada en el establecimiento industrial citado en el primer articulo de la presente Resolucion, al Anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y en Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 186-2006-PRODUCE, excluyendo a la empresa MORDAZA S.A.C. Articulo 6°.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion :www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 68451-2

Visto los escritos de Registro Nº 00025425 de fecha 13 de MORDAZA y Nº 00029278 del 26 de MORDAZA del 2007, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO : Que con Resolucion Directoral Nº 198-2000-PE/DNE, de fecha 21 de MORDAZA del 2000, entre otros, se aprueba el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, modificado en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 225-97-PE, para operar la embarcacion pesquera "RIO MANTARO 4" con matricula Nº SE-4296-PM, de 239.40 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones a favor de MORDAZA S.A.C.; Que mediante Resolucion Directoral Nº 316-2006PRODUCE/DGEPP, de fecha 14 de septiembre del 2006, se modifica el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, que otorga permiso de pesca para operar la embarcacion "RIO MANTARO 4" de matricula Nº SE4296-PM, modificada por la Resolucion Directoral Nº 1982000-PE/DNE, solo en el extremo referido al cambio de puerto de la matricula de la citada embarcacion, la misma que en adelante sera CO-4296-PM, asimismo otorga a favor de la empresa MORDAZA S.A.C., autorizacion de incremento de flota por sustitucion de su embarcacion pesquera siniestrada con perdida total "RIO MANTARO 4" de matricula cancelada Nº CO-4296-PM y 239.40 m3 de capacidad de bodega, via construccion de una embarcacion pesquera de igual volumen de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que mediante escrito bajo registro Nº 00025425 de fecha 13 de MORDAZA del 2007, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. solicita la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 316-2006-PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido al nombre de la empresa, por cuanto segun Escritura Publica inscrita en el Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, se ha producido la Escision y Modificacion Parcial de Estatutos de la empresa MORDAZA S.A.C, a traves de lo cual dicha empresa ha transferido su derecho de sustitucion y autorizacion de incremento de flota de la citada embarcacion a favor de la empresa recurrente; Que mediante escrito bajo registro Nº 00029278 de fecha 26 de MORDAZA del 2007, empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. solicito permiso de pesca para la operacion de la embarcacion pesquera "DANIA 1" de matricula Nº CO23558-PM con 240.24 m3 de capacidad de bodega, de conformidad con lo dispuesto en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, en virtud de haberse ejecutado la autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 316-2006-PRODUCE/ DGEPP de fecha 14 de septiembre del 2006; Que de los expedientes administrativos presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. sobre Modificacion Parcial de Resolucion de Incremento de Flota de la embarcacion pesquera "RIO MANTARO 4" por Escision y Modificacion parcial de Estatutos de la empresa MORDAZA S.A.C. y procedimiento de Permiso de Pesca para operar la embarcacion pesquera "DANIA 1" iniciado mediante escritos del visto, se desprende que estos guardan estrecha conexion entre si, por lo que en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 149º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se debera proceder a la acumulacion de ambos procedimientos. Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que la empresa recurrente cumple con los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, debiendo precisarse que lo peticionado sobre Modificacion Parcial de Resolucion de Incremento de Flota de la embarcacion pesquera "RIO MANTARO 4" por Escision y Modificacion Parcial de Estatutos de la empresa MORDAZA S.A.C., no esta regulado como procedimiento en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; sin embargo lo solicitado por el administrado no contraviene disposiciones legales del ordenamiento pesquero vigente, que impidan o perturben derechos de

Modifican la R.D. N° 316-2006PRODUCE/DEGPP y otorgan permiso de pesca a Pesquera MORDAZA S.A.C. para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL N° 241-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2007