Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2004 (25/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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- Una Accion de Control que se encuentra en situacion de "Pendiente" presenta un valor de 0%. 10. La ejecucion de las Actividades de Control se registrara de acuerdo a lo establecido en el Formato B-2 "Estado de Ejecucion de las Actividades de Control" que forma parte de la presente Directiva. En el referido formato, se consignara en tanto por ciento, el grado de avance obtenido por cada una de las Actividades de Control Posterior durante cada trimestre, considerandose que: - Las Actividades de Control que se encuentran en situacion de "En Proceso" y "Suspendidas" presentan un avance mayor a 0% y menor a 100%. - Una Actividad de Control que se encuentra en situacion de "Concluida" presenta un valor de 100%. - Una Actividad de Control que se encuentra en situacion de "Pendiente" presenta un valor de 0%. 11. El grado de avance de ejecucion de la Accion de Control Posterior en su conjunto se registra en el Formato B-1, y se informara segun los siguientes parametros:
Etapa Planificacion Especifica Ejecucion Elaboracion y Aprobacion del Informe Grado de Avance de la Ejecucion Mayor a 0% hasta 20% Mayor a 20% hasta 80% Mayor a 80% hasta 100%

INFORME DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL - Introduccion - Evaluacion de Cumplimiento de Metas (Formato B-1 y B-2) - Conclusiones / Recomendaciones

Introduccion Cumplimiento de Metas Comprende el analisis de los resultados obtenidos en la Ejecucion de las Acciones de control y Actividades de Control durante el periodo de evaluacion, determinando el grado de cumplimiento o desviacion de las metas previstas en el Plan. Adicionalmente, se comentara sobre la ejecucion de las Acciones y Actividades de Control no programadas. Asimismo, se comentara sobre la culminacion de Acciones de Control Posterior de periodos anteriores, que han insumido horas/hombre del ano de ejecucion, debiendose informar adicionalmente el estado situacional de las Acciones de Control Posterior Encargadas por la Contraloria General de la Republica. Tambien se debera precisar los factores que han acelerado y aquellos que han sido una limitacion al logro de metas programadas, MORDAZA estos de orden economico, capacidad operativa, disponibilidad de equipos informaticos, desarrollo de sistemas u otros. Se debera adjuntar los Formatos B-1 y B-2, los cuales contienen informacion tanto de las Acciones de Control como de las Actividades de Control Programadas y No Programadas. Conclusiones / Recomendaciones Se emitira juicio sobre el grado de cumplimiento de las metas trazadas. Asimismo, se precisara las limitaciones o motivos por los cuales no se pudo cumplir con las metas; debiendo formularse sugerencias para la superacion de los problemas encontrados (Las recomendaciones contenidas en este documento no se ingresan al SAGU, en el cual unicamente se registran Recomendaciones provenientes de Acciones de Control). J. EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL 1. La evaluacion de cumplimiento del Plan Anual de Control es el analisis periodico trimestral efectuado por las unidades organicas de linea de la Contraloria General, para determinar el grado de cumplimiento de las metas programadas por los Organos de Control Institucional bajo su ambito de control, la cual busca la adopcion oportuna de las acciones necesarias para corregir los desfases identificados. 2. Las Unidades Organicas de Linea de la Contraloria General de la Republica evaluaran trimestralmente los Informes de Cumplimiento del Plan Anual de los OCI bajo su ambito de control, procediendo a verificar la calidad y consistencia de la informacion contenida y registrada en los Formatos B-1 y B-2, previamente a su ingreso en el SAGU. 3. Las unidades organicas de linea de la Contraloria General, elaboraran trimestralmente la Evaluacion de Cumplimiento del Plan Anual de Control de los OCI bajo su Ambito de Control, la misma que debera ser remitida a la unidad organica de la cual dependen, con MORDAZA a la Gerencia de Planeamiento y Control para su integracion en la Evaluacion de Cumplimiento del Plan Nacional de Control, en las siguientes fechas: 30.ABR, 31.JUL, 31.OCT y 31.ENE del ano siguiente a su ejecucion. 4. En la Evaluacion de Cumplimiento del Plan Anual de Control, se emplearan los indicadores de "Eficacia de la Ejecucion" y "Desempeno", los cuales quedan definidos de la siguiente manera: Indicador de Eficacia de la Ejecucion: Relaciona la sumatoria del grado de avance de la ejecucion de las Acciones de Control Posterior programadas que se encuentran "Concluidas", "En Proceso", "Suspendidas" y

12. El Informe de Cumplimiento trimestral del Plan Anual de control se presentara en las fechas siguientes: Periodo de Evaluacion Enero-Marzo Enero-Junio Enero-Setiembre Enero-Diciembre Fecha de avance 31.MAR. 30.JUN. 30.SET. 31.DIC Fecha de MORDAZA 11 de MORDAZA 11 de MORDAZA 10 de octubre 10 de enero ­ sgte. ano

13. Para fines del Informe de Cumplimiento, se debera considerar en el momento del registro en los Formatos B-1 y B-2 del SAGU, que la Fecha de Avance de la ejecucion a ser registrada en el SAGU sera: el ultimo dia util del periodo de evaluacion, debiendo presentarse a la Contraloria General el Informe de Evaluacion de Cumplimiento dentro de los 10 dias calendario de vencido el trimestre (En caso que la fecha de MORDAZA coincida con dia no laborable, se extendera la fecha de MORDAZA hasta el siguiente dia util). 14. Los resultados de las Actividades de Control, no deben ser alcanzados a la Contraloria General, salvo Directiva o requerimiento expreso del ente tecnico rector. 15. Si durante el desarrollo de una Actividad de Control, el OCI detecta indicios razonables de la comision de delito, podra efectuar un Examen Especial no programado, debiendo comunicar oportunamente a la Contraloria General en el Formato A-1. 16. Los OCI de organos desconcentrados del Sector (excepto en el caso del Sector Defensa), y los OCI de organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales, deberan remitir trimestralmente y para conocimiento, MORDAZA del Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, al Sector o Gobierno Regional segun corresponda. 17. El Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control se efectuara sobre el Plan Anual de Control aprobado, y en caso de contarse con modificaciones del Plan, se tomara como referente la MORDAZA modificacion aprobada via Resolucion de Contraloria. I. INFORME DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL Los OCI deberan elaborar el Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, en base a la estructura y contenido siguientes: