Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2004 (30/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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2004, bajo presidencia del senor MORDAZA y con el quorum reglamentario: VISTO: El Informe Nº 026-2004-GDE/MDCH, de fecha 26.2.2004 emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico mediante el cual hace llegar la propuesta del Reglamento de Fraccionamiento e Incentivo al Pago Total de Deudas Tributarias y No Tributarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado reformada por la Ley Nº 27680, en su articulo 194º establece que las municipalidades son los Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es necesario aprobar un Reglamento de Fraccionamiento e Incentivo al Pago Total de Deudas Tributarias y no Tributarias; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el MORDAZA mayoritario de sus miembros, ha aprobado la siguiente Ordenanza:

do a lo establecido por el Ministerio de Economia y Finanzas en su Resolucion Ministerial Nº 115-93-EF/66. 9. TIM diaria.- Es el porcentaje obtenido de la division de la TIM mensual entre 30. 10. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria vigente en la fecha de solicitud del fraccionamiento. Asimismo, cuando se mencione un articulo o Titulo sin hacer referencia a MORDAZA alguna, se entendera referido al presente reglamento. Cuando el presente Reglamento senale plazos en dias se entenderan referidos a dias habiles.

TITULO II AMBITO DE APLICACION Y CONDICIONES PARA SU OTORGAMIENTO
Articulo 2º.- PERSONAS QUE PUEDEN ACOGERSE AL FRACCIONAMIENTO. Podran acogerse al fraccionamiento los deudores que tengan pendientes Deudas Tributarias y No Tributarias conforme a lo dispuesto en el articulo siguiente: Articulo 3º.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO. 1. Deudas Tributarias Pueden ser materia de fraccionamiento las Deudas Tributarias, en cualquier estado del procedimiento en que se encuentren siempre que cumplan conjuntamente lo siguiente: a) Que no MORDAZA sido materia de beneficio o fraccionamiento anterior, salvo que este MORDAZA sido declarado nulo. b) Que MORDAZA vencido el plazo para su pago. Tratandose de deudas por tributos de periodicidad anual estas solo podran fraccionarse a partir del ejercicio siguiente al que se generaron. Asimismo la solicitud debera efectuarse por el integro de la deuda correspondiente al ejercicio. c) Que no se MORDAZA aprobado otro fraccionamiento de naturaleza tributaria en el mismo ejercicio en que se presenta la solicitud. 2. Deudas No Tributarias a) Que MORDAZA vencido el plazo para su pago. b) Que no MORDAZA sido materia de beneficio o fraccionamiento anterior, salvo que este MORDAZA sido declarado nulo.

REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO E INCENTIVO AL PAGO TOTAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS
Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Fraccionamiento e Incentivo al Pago Total de Deudas Tributarias y No Tributarias, el cual consta de siete (7) Titulos, Treinta y tres Articulos y tres (3) Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO E INCENTIVO AL PAGO TOTAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento se entendera por: 1. Deudor.- Persona natural o juridica, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, patrimonios autonomos u otras sociedades irregulares titulares de la deuda. 2. Deuda Tributaria.- Las constituidas por tributos, multas tributarias y los reajustes e intereses generados por los mismos, que se encuentren pendientes de pago. 3. Deuda No Tributaria.- Las constituidas por multas administrativas. 4. Deuda materia de fraccionamiento.-Deuda Tributaria o No Tributaria contenida en la solicitud de fraccionamiento. 5. Solicitud de fraccionamiento.- Formato proporcionado por la administracion, utilizado por el deudor para comunicar su intencion de fraccionar el pago de las deudas indicadas en el. 6. Cuota inicial.- Es el importe que debe de pagarse para acceder al fraccionamiento y equivalente al 20% de la deuda materia de fraccionamiento, pero en ningun caso menor al monto de las cuotas de amortizacion, salvo lo dispuesto en el articulo 11º del presente reglamento. 7. Plan de pagos.- Documento en el que se indica el numero, monto y fechas de vencimiento de cada cuota, el interes de fraccionamiento, el monto total acogido y los lugares para el pago del mismo. 8. TIM mensual.- Tasa de Interes Moratorio Aprobada por la Superintendencia de Administracion Tributaria - SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia, de acuer-

Articulo 4º.- CONDICIONES GENERALES PARA APROBAR LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO 1. No registrar otros fraccionamientos de la misma naturaleza respecto de las cuales exista por lo menos una cuota vencida impaga en los ultimos 12 meses. 2. No registrar otros fraccionamientos de la misma naturaleza respecto de los cuales se MORDAZA producido la perdida en los ultimos 12 meses y no hayan sido pagados. 3. Haber presentado solicitud de desistimiento de la pretension de los recursos impugnatorios o solicitudes no contenciosas en tramite referidos a la deuda incluida en la solicitud de fraccionamiento. Tratandose de recursos de apelacion, demanda contencioso administrativa, accion de MORDAZA u otro MORDAZA seguido ante organo distinto a la Municipalidad de Chaclacayo, el deudor debera adjuntar a la solicitud MORDAZA certificada o autentificada por funcionario de la Municipalidad de Chaclacayo, del cargo de recepcion del escrito de desistimiento de la pretension presentando ante el organo correspondiente. El desistimiento de los recursos impugnatorios o solicitudes no contenciosas en tramite en la Municipalidad de Chaclacayo se presentan en formatos que le proporcione la administracion. 4. Cancelar las costas y gastos el procedimiento de cobranza coactiva en caso que este se hubiese iniciado. 5. Cancelar la cuota inicial establecida en el articulo 11º del presente Reglamento. 6. Tratandose de deudas superiores a 20 Unidades Impositivas Tributarias, debera entregarse a favor de la Municipalidad de Chaclacayo cualquiera de las garantias establecidas en el Titulo VI del presente Reglamento.

TITULO III SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO
Articulo 5º.- MORDAZA DE LA SOLICITUD El deudor debera presentar solicitudes independientes por la naturaleza de la deuda, segun sea tributaria o no tributaria.