Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2004 (30/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Asi, para estimar los precios de los aceros galvanizados en Kazajstan, se llevaran los precios de venta interna de los aceros LAF hasta el valor correspondiente de aceros galvanizados considerando un factor de transformacion LAF/galvanizado 10 . Como factor de transformacion se tomara el ratio de los precios promedio internacionales de los aceros LAF y el de los aceros galvanizados11 . Sobre el calculo del factor de transformacion, Ispat ha solicitado como parte de su apelacion que los criterios empleados para determinar el factor de conversion usado por la Comision MORDAZA revisados, dado que cualquier distorsion puede afectar la comparacion de precios y crear margenes de dumping que, segun afirma, serian inexistentes. Al respecto, cabe senalar que la informacion empleada para calcular el factor de transformacion corresponde a los promedios de las cotizaciones de los precios internacionales, tanto de aceros LAF, como de aceros galvanizados. Esta ponderacion representa las diferencias costos de produccion de cada MORDAZA de MORDAZA, tomando como referencia informacion de MORDAZA internacionales. Respecto al conjunto de ajustes considerados para llegar al valor reconstruido a nivel FOB de los aceros originarios de Kazajstan (ver Cuadro Nº 2), es necesario indicar que estos han sido calculados considerando la informacion sobre gastos por fletes y comisiones al trader recabada directamente de Ispat en las anteriores investigaciones12 . Asi, en el caso del ajuste correspondiente a los gastos por flete interno y flete a puerto, estos han sido estimados como el promedio de los ajustes por flete interno y flete a puerto que fueron obtenidos en los Expedientes Nº 002-2002/CDS y Nº 003-2002/CDS, en tanto que la comision al trader se ha considerado en 1% respecto del valor FOB, segun la informacion tambien presentada por Ispat en los referidos expedientes. Sobre este punto, Siderperu indico que la Comision no calculo adecuadamente los ajustes por concepto de flete terrestre y gastos de embarque efectuados al valor reconstruido de Kazajstan por lo cual el valor normal estimado por la Comision fue inferior al que Siderperu habria alegado. Al respecto, Siderperu senalo que el ajuste por flete terrestre calculado por la Comision fue significativamente bajo en comparacion con la informacion suministrada por la propia Siderperu al momento de formular su solicitud 13 . Asimismo, en el caso de los gastos de embarque, Siderperu considero que el valor correspondiente a este ajuste no fue tomado en consideracion para el calculo del valor normal de manera indebida y ante la sola informacion proporcionada por Ispat, pese a que, en su oportunidad, Siderperu sustento y acredito fehacientemente la existencia de dicho ajuste 14 . De acuerdo con la informacion verificada en los Expedientes Nº 002-2002/CDS y Nº 003-2002/CDS, el ajuste por concepto de flete concuerda con la informacion proporcionada por Siderperu respecto de sus costos de flete a puerto, por lo que esta informacion sera considerada valida para el presente procedimiento. En lo relativo a los gastos de embarque, teniendo en cuenta los terminos comerciales pactados en las ventas consideradas para

el calculo del valor normal, y la informacion presentada por la propia empresa exportadora en MORDAZA investigaciones, no se ha registrado gastos por concepto de embarque. A su vez, con relacion a los ajustes efectuados al valor normal, en su recurso de apelacion, Ispat indico que la Comision omitio considerar ajustes que estaban debidamente sustentados, tales como el impuesto al valor agregado. Asimismo, indico que el aislamiento geografico de Kazajstan, MORDAZA mediterraneo, genera una situacion especial de MORDAZA ya que Ispat tiene que pagar elevados fletes para exportar sus productos desde Kazajstan. Al respecto debe indicarse que, tal como se senalo en las Resoluciones Nº 0007-2004/TDC-INDECOPI y Nº 0050-2004/TDC-INDECOPI, los precios de venta internos presentados por Ispat en los Expedientes Nº 0022002/CDS y Nº 003-2002/CDS, no indicaban la inclusion del impuesto al valor agregado. Asimismo, con relacion a los elevados costos por concepto de flete, en atencion a la mediterraneidad de Kazajstan, debe indicarse que dichos costos reflejan una situacion real en el MORDAZA y que esta afecta tanto a las ventas internas como a las de exportacion. En consecuencia, debe revocarse la resolucion apelada en el extremo en que estimo el valor normal en US$ 433,00 por TM, en lugar de US$ 386,24 por TM, valor que resulta de la reconstruccion del precio de venta en el MORDAZA interno de los aceros galvanizados en funcion de los precios de venta interna de los aceros LAF en Kazajstan, aplicando el factor de transformacion y los ajustes MORDAZA indicados, en el MORDAZA que se detalla a continuacion:
Cuadro Nº 2 Estimacion del valor normal de Kazajstan (US$/TM)
Valor Normal Precio de venta interna - MORDAZA LAF Factor de Transformacion LAF/Galvanizado Precio de venta interna - MORDAZA galvanizado (-) Gastos por flete interno (+) Gastos por flete a puerto (+) Comision al Trader (1% del precio FOB) Valor Normal - MORDAZA galvanizado (FOB) US$/TM 291.11 86.19% 337.75 7.34 52.00 3.82 386.24

Fuente: Ispat Karmet JCS (Exp. 003-2002/CDS); MEPS International MORDAZA Review Elaboracion: ST-SDC/INDECOPI

III.2.3 Calculo del margen de dumping Sobre la base de los nuevos calculos efectuados, se ha determinado la existencia de dumping en las importaciones de aceros galvanizados originarias de Rusia y Kazajstan, tal como se aprecia en el siguiente cuadro:

10 Metodologia similar ha sido considerada tambien durante la investigacion correspondiente al Expediente 002-98/CDS-INDECOPI y confirmada mediante Resolucion Nº 0284-2001/TDC-INDECOPI. 11 Informacion extraida por la Secretaria Tecnica de la Comision. Los precios del MORDAZA LAF y galvanizado obtenidos en el MEPS International MORDAZA Review para el periodo en mencion son los siguientes:
Precio promedio de las transacciones internacionales de MORDAZA LAF y Galvanizado
Ene 01 - Dic 01 Ene-01 MORDAZA LAF (US$/TM) MORDAZA Galvanizado (US$/TM) 370 425 Feb-01 364 419 Mar-01 357 407 Abr-01 340 388 May-01 334 389 Jun-01 327 382 Jul-01 319 373 Ago-01 323 378 Sep-01 325 376 Oct-01 319 372 Nov-01 314 369 Dic-01 315 371 Promedio Anual 334 387

Fuente: MEPS International MORDAZA Review Elaboracion: ST-CDS/INDECOPI

12 Se ha considerado informacion correspondiente a los Exp. Nº 002-2002/CDS y Nº 003-2002/CDS consideradas en las Resoluciones Nº 0007-2004/TDC-INDECOPI y Nº 0050-2004/TDC-INDECOPI. 13 Sobre el valor de los gastos por flete terrestre, Siderperu presento informacion relativa a la Decision 015/99 de la Comision Antidumping y Subsidios de la republica Bolivariana de Venezuela (CASS) contra Rusia, Ucrania y Kazajstan. El valor de dicho gasto correspondio a US$ 70,00. 14 Respecto a este punto, Siderperu senalo que el ajuste por gastos de embarque debio corresponder a US$ 10,00 por tonelada metrica, informacion aceptada originalmente en la investigacion correspondiente al Expediente Nº 008-98/CDS y confirmada por la Sala en la Resolucion Nº 0284-2001/TDC-INDECOPI.