Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2002 (16/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 16 de enero de 2002

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS
Fijan tasas de interes mensual en moneda nacional y moneda extranjera aplicables a devoluciones de pagos indebidos o en exceso
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000022

Callao, 14 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000115 del 22.1.2001 se fijo en NOVENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0.90%) la Tasa de Interes mensual en moneda nacional y CUARENTA Y SEIS CENTESIMOS POR CIENTO (0.46%) la Tasa de Interes mensual en moneda extranjera, aplicables a las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, efectuadas a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del ano 2001; Que, de conformidad con el procedimiento previsto en el primer y MORDAZA parrafos del Articulo 38º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF sustituido por la Ley Nº 27335, corresponde a ADUANAS establecer la tasa de interes aplicable a las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso, efectuadas a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del ano 2002; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados mediante el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000226 del 15.2.2001, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Fijar en CUARENTIOCHO CENTESIMOS POR CIENTO (0.48%) la Tasa de Interes mensual en moneda nacional y en VEINTIUN CENTESIMOS POR CIENTO (0.21%) la Tasa de Interes mensual en moneda extranjera, aplicables a las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, efectuadas a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del ano 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 0831

Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 216º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados y comunicados a esta Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de diciembre; y, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y, del Articulo 4º numeral 3) y Articulo 7º numeral 22) del Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de la relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado correspondiente al mes de diciembre: 1. INTERNACIONAL SERVICE E.I.R.L o DICUSA MORDAZA E.I.R.L. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, segun Resolucion Nº 548/2001.TC-S1 de 3.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion 2. DE MORDAZA INDUSTRIAS DIVERSAS S.A. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de informacion inexacta, segun Resolucion Nº 553/2001.TC-S2 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 3. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SERVICIOS "SEGURIN SERVICE S.R.LTDA.". Suspension de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, segun Resolucion Nº 558/2001.TC-S2 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 4. VISER S.A.C. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, segun Resolucion Nº 560/2001.TC-S2 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 5. IMPORTADORA MEDICA HOSPITALARIA S.A. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscribir contrato, segun Resolucion Nº 565/2001.TCS2 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 6. POWERCOM S.R.L. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento de contrato, segun Resolucion Nº 557/2001.TC-S1 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 7. GRUPO LEAFAR S.A.C. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por proporcionar informacion inexacta, segun Resolucion Nº 569/2001.TC-S1 de 7.12.2001 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 8. ELM SERVICE E.I.R.L. Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscribir contrato, segun

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, correspondiente al mes de diciembre de 2001
RESOLUCION Nº 010-2002-CONSUCODE/PRE

MORDAZA MORDAZA, 14 de enero de 2002 VISTO: El Memorandum Nº 020-2002-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado.