Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2002 (16/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 16 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 215713
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2002-ED

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0990

MORDAZA, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 54547-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 2527, de fecha 20 de noviembre de 1972, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Llamoca, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 2527, en lo que se refiere a su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con el Acta de Matrimonio expedida por el Concejo Municipal del distrito de Pararca, provincia de Parinacochas, departamento de MORDAZA, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA Llamoca MORDAZA, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - DNI Nº 29251094; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Llamoca debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (DNI) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 306-2001-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 2527, de fecha 20 de noviembre de 1972, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Llamoca, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0992
RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2002-ED

Modifican resoluciones mediante las cuales se otorgaron pensiones de cesantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2002-ED

MORDAZA, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52297-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 625, de fecha 13 de junio de 1972, se otorgo pension de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 625, en lo que se refiere a su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida por el Concejo Provincial de MORDAZA, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nieto; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 301-2001-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 625, de fecha 13 de junio de 1972, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0991

MORDAZA, 15 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 54551-2001, y demas actuados que se adjuntan; y,