Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2002 (16/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

MORDAZA, miercoles 16 de enero de 2002

PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27631
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1023

LEY Nº 27632
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL LITERAL C) DEL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº 27332
Articulo 1º.- Objeto de la ley Sustituyese el texto del literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, por el siguiente: "c) Funcion Normativa: comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios. Comprende, a su vez, la facultad de tipificar las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas por normas legales, normas tecnicas y aquellas derivadas de los contratos de concesion, bajo su ambito, asi como por el incumplimiento de las disposiciones reguladoras y normativas dictadas por ellos mismos. Asimismo, aprobaran su propia Escala de Sanciones dentro de los limites maximos establecidos mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector a que pertenece el Organismo Regulador." Articulo 2º.- Reglamentacion Encargase al Poder Ejecutivo la elaboracion del Reglamento respectivo en el plazo MORDAZA de (30) treinta dias a partir de la publicacion de la presente Ley. Articulo 3º.- MORDAZA derogatoria Deroganse o modificanse, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- En tanto no se apruebe el decreto supremo que determine los limites maximos de la Escala de Sanciones, quedan establecidos como tales los valores maximos de las sanciones vigentes a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

LEY QUE ESTABLECE PERIODO DE ELECCION DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS A NIVEL NACIONAL
Articulo 1º.- Eleccion de las Juntas Directivas de los Colegios de Notarios De conformidad con el Articulo 133º de la Ley del Notariado, Nº 26002, la eleccion de las nuevas Juntas Directivas de los Colegios de Notarios a nivel nacional se llevara a cabo en el mes de enero del ano 2003, con excepcion de las Juntas Directivas de los Colegios de Notarios de los Distritos Notariales de Tacna; de Moquegua; de MORDAZA y Pasco; y de Ucayali, que seran elegidas por un periodo de tres anos, por unica vez, en el mes de enero del ano 2002. A partir de enero del 2005 la eleccion de las Juntas Directivas de todos los Colegios de Notarios se MORDAZA por el periodo de dos anos. Articulo 2º.- Deroga dispositivos legales Deroganse todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1024