Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2000 (11/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 11 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1104/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 063, mediante el cual la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia durante la sesion 08 de fecha 29 de febrero del 2000 recomienda la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 063, de fecha 29 de febrero del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia del Instituto Nacional de Cultura, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica denominada "Pampas de Leque Leque", ubicada en el distrito de Nueva MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de la MORDAZA arqueologica antedicha; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica denominada "Pampas de Leque Leque", ubicadas en el distrito de Nueva MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y al Museo Arqueologico Nacional Bruning de MORDAZA que establezcan las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA arqueologica MORDAZA mencionada con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11571

la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 319 de fecha 28 de agosto del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia aprobo el Plano de Delimitacion Nº INC-2000/016, elaborado por la Direccion de Investigaciones del Museo de la Nacion, de fecha 14 de marzo del 2000, a escala 1/250, que consigna para la MORDAZA Arqueologica Monumental "Huaca San Borja" un area intangible de 7727.25 m2 y un perimetro de 353.74 metros lineales, con su respectiva Memoria Descriptiva y Ficha Tecnica; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica denominada "Huaca San Borja", ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitacion Nº INC/2000016, de fecha 14 de marzo del 2000, a escala 1/250, que consigna para la MORDAZA Arqueologica "Huaca San Borja" un area intangible de 7727.25 m2 y un perimetro de 353.74 metros lineales, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer se inscriba en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica Intangible de la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Huaca San Borja". Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11572 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1133/INC MORDAZA, 26 de setiembre de 2000 VISTO, el Informe Nº 196-2000 INC/DGPA/RAF de fecha 3 de marzo del 2000, mediante el cual el arqueologo Rommel MORDAZA MORDAZA solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO:

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1108/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 VISTOS, los Acuerdos Nº 304 y Nº 319, tomados por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia durante la sesion 31 del 21 de agosto del 2000 y la Sesion 32 del 28 de agosto del 2000, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica denominada "Huaca San Borja", ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por su importancia cultural cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 304, de fecha 21 de agosto del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a

Que, las zonas arqueologicas forman parte de la herencia y riqueza cultural de nuestra Nacion y de la Humanidad, y son considerados Bienes Culturales; Que, los Bienes Culturales son Patrimonio Cultural de la Nacion, y se hallan protegidos por el Estado, y de acuerdo a los terminos de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193, son intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, es competencia del Instituto Nacional de Cultura desarrollar las acciones orientadas a la preservacion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante el Acuerdo Nº 085, de fecha 14 de marzo del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Cerro Baul", ubicada en el distrito de Torata, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el