Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2000 (11/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de octubre de 2000

Estando a lo visado por la Direccion Ejecutiva, la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Capilla de Alpacay, ubicada en la Hacienda Alpacay del distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11562 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1046/INC MORDAZA, 13 de setiembre de 2000 Visto el Acuerdo Nº 08/25.08.2000 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 08, de fecha 25 de agosto de 2000, propuso se declare monumento a la MORDAZA de MORDAZA Nunez del MORDAZA, ubicada en el Jr. MORDAZA Aspillaga Nº 300, El MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto constituye un ejemplo tipico de la arquitectura de la MORDAZA Monumental del Bosque El MORDAZA de San MORDAZA y que pertenecio a una eminente escultora del siglo XX; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la MORDAZA de MORDAZA Nunez del MORDAZA, ubicada en el Jr. MORDAZA Aspillaga Nº 300, El MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11563

VISTO, el Acuerdo Nº 172, mediante el cual, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia durante la sesion 18 de fecha 15 de MORDAZA del 2000, recomienda la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica Monumental de Yuracyacu, ubicada en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz y departamento de La MORDAZA, por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 172, de fecha 15 de MORDAZA del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la citada MORDAZA Arqueologica; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General del MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA cincundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA Arqueologica Monumental de Yuracyacu, ubicada en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico y al Instituto Nacional de Cultura - La MORDAZA establecer las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica MORDAZA mencionada con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11564 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1080/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 211, mediante el cual la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia durante la sesion 22 de fecha 12 de junio del 2000, recomienda la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica Monumental denominada "Huacoy", ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 211, de fecha 12 de junio del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica MORDAZA citada; asimismo, se solicita a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, el Plano de Delimitacion del Area Intangible para la inscripcion del sitio en Registros Publicos; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General del MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de

Declaran diversas zonas arqueologicas como Patrimonio Cultural de la Nacion, ubicadas en los departamentos de La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1079/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000