Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2000 (11/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de octubre de 2000

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1101/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 103 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion 13 de fecha 3 de MORDAZA del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, los sitios arqueologicos forman parte de la herencia y riqueza cultural de nuestra Nacion y de la Humanidad, y son considerados Bienes Culturales; Que, los Bienes Culturales son Patrimonio Cultural de la Nacion, y se hallan protegidos por el Estado, y de acuerdo a los terminos de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193 son intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, es competencia del Instituto Nacional de Cultura desarrollar las acciones orientadas a la preservacion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante el Acuerdo Nº 103 de la Sesion 13 de fecha 3 de MORDAZA del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion varios sitios arqueologicos del departamento de MORDAZA y aprobar sus respectivos Planos de Delimitacion; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; y Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion las siguientes Zonas Arqueologicas del departamento de Moquegua: - Cerro Redondo (CR1), ubicado en la provincia de Ilo. - El Conde-M 50, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Los Enriquez- M 44, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Los Chamos A- M 48, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Los Chamos B- M 43, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - La MORDAZA B- M 21C, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - La MORDAZA - M 21A, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Omo- M 10, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Omo- M 11, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Omo- M 12, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. - Montalvo- M 103, ubicado en la provincia Mariscal Nieto. Articulo 2º.- APROBAR los siguientes planos de delimitacion: - Cerro Redondo (CR1): Plano Nº 01, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:5000, que comprende un area de 172,375.4135 metros cuadrados y un perimetro de 6,102.88 metros lineales. - El Conde-M 50: Plano Nº 02, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 32,043.518 metros cuadrados y un perimetro de 795.978 metros lineales. - Los Enriquez- M 44: Plano Nº 03, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 75,187.6418 metros cuadrados y un perimetro de 1,149.2637 metros lineales. - Los Chamos A- M 48: Plano Nº 04, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 197,233.6184 metros cuadrados y un perimetro de 1,722.1317 metros lineales. - Los Chamos B- M 43: Plano Nº 05, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:1500, que comprende un area de 79,920.5688 metros cuadrados y un perimetro de 1,127.1782 metros lineales. - La MORDAZA B- M 21C: Plano Nº 06, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:500, que comprende un area de 2,292.6240 metros cuadrados y un perimetro de 192.4438 metros lineales. - La MORDAZA - M 21A: Plano Nº 07, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:1500, que comprende un area de 12,990.9685 metros cuadrados y un perimetro de 566.5820 metros lineales. - Omo- M 10: Plano Nº 08, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 312,130.4932 metros cuadrados y un perimetro de 2,189.5623 metros lineales. - Omo- M 11: Plano Nº 09, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 121,191.2158 metros cuadrados y un perimetro de 1,562.7186 metros lineales. - Omo- M 12: Plano Nº 10, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:2000, que comprende un area de 234,021.9363 metros cuadrados y un perimetro de 2,371.8010 metros lineales. - Montalvo- M 103: Plano Nº 11, de fecha marzo del 2000, a esc. 1:1500, que comprende un area de 19,523.66 metros cuadrados y un perimetro de 636.05 metros lineales.

Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11568 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1102/INC MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 021, mediante el cual la Comision Tecnica de Arqueologia durante la sesion 02 de fecha 14 de enero del 2000 recomienda la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 021, de fecha 14 de enero del 2000, la Comision Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Complejos arqueologicos "Pampas de Chaparri" y "Ucupe", ubicados en el distrito de Pitipo, provincia de Ferrenafe, departamento de Lambayeque; y en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, respectivamente; Que, ante la depredacion es necesario ejercer acciones de proteccion y conservacion de las zonas arqueologicas antedichas; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueologicos tienen caracter intangible, inalienable e imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueologicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24193, la proteccion de los Bienes Inmuebles comprende el suelo y el subsuelo en que se asientan o encuentran, asi como los aires y el MORDAZA circundante en la extension tecnicamente necesaria; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria, Ley Nº 24193; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Complejos Arqueologicos "Pampas de Chaparri" y "Ucupe", ubicados en el distrito de Pitipo, provincia de Ferrenafe, departamento de Lambayeque; y en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, respectivamente. Articulo 2º.- Encargar al Museo Arqueologico Nacional Bruning de MORDAZA establecer las acciones necesarias para la inscripcion de los Complejos Arqueologicos de "Ucupe" y "Pampas de Chaparri". Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de las zonas arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del INC. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital y Provincial correspondiente, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 11569