Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2020 (15/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 15 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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2. Ante la promoción del Magistrado mencionado corresponde adoptar las medidas pertinentes para garantizar la continuación del servicio jurisdiccional en el órgano jurisdiccional en el que venía desempeñándose el mismo. 3. Atendiendo que aquella situación dará lugar, también, a la promoción en orden sucesivo de otros Magistrados de esta Corte, se toma en cuenta que por R.C. 131-2020 el CE-PJ autorizó a los Presidentes de las Corte Superiores de Justicia del país para que, excepcionalmente, designen a trabajadores judiciales de su jurisdicción como jueces supernumerarios, siempre que cumplan con los requisitos de ley, no tengan incompatibilidades y sean los más idóneos, ello mientras dure el estado de emergencia. 4. En ese ámbito, se tiene en cuenta el Informe n° 141-2020 de la Coordinación de Personal con el listado de trabajadores judiciales que cuentan con los requisitos mínimos para ser designados como jueces supernumerarios a fin de cubrir las plazas de jueces supernumerarios, oportunamente remitido mediante el oficio que precede por la Gerencia de Administración Distrital. 5. Con lo anotado, estando a que el Presidente de la Corte es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial, y como tal, tiene la responsabilidad de llevar a cabo una adecuada política de gobierno, enfocada hacia la atención óptima del servicio judicial, y teniendo para ello la facultad de designar, reasignar y dejar sin efecto las designaciones de magistrados provisionales y supernumerarios, conforme a las disposiciones de los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del TUO de la ley Orgánica del Poder Judicial, se debe emitir el acto administrativo correspondiente. SE RESUELVE: Artículo Primero.DISPONER la RECONFORMACIÓN de la PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE de la CSJ-LIMA NORTE, a partir de la fecha (14/9/2020), con los siguientes Jueces Superiores: Juez Superior (T) Walter Alfredo DIAZ ZEGARRA Presidente Jueza Superior (T) Rosa María CATACORA VILLASANTE Integrante Juez Superior (T) Lorenzo CASTOPE CERQUIN Integrante Artículo Segundo.- PROMOVER a la señora Jueza Especializada Titular HILDA JULIA HUERTA RIOS como Jueza Superior Provisional de la CSJ de Lima Norte, a partir de la fecha (14/9/2020). Artículo Tercero.- DISPONER la RECONFORMACIÓN de la SEGUNDA SALA CIVIL PERMANENTE de la CSJLIMA NORTE, a partir de la fecha (14/9/2020), con los siguientes Jueces Superiores: Jueza Superior (T) Carmen María LOPEZ VASQUEZ Presidenta Jueza Superior (P) María Elisa ZAPATA JAEN Integrante Jueza Superior (P) Hilda Julia HUERTA RÍOS Integrante Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la abogada CARMEN LUISA LUA YONG como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado Civil Permanente de Condevilla de la CSJ de Lima Norte, a partir de la fecha (14/9/2020). Artículo Quinto.- DISPONER que las designaciones establecidas en la presente resolución no deben alterar ni interferir en el trámite y culminación de los procesos jurisdiccionales a cargo de los Magistrados mencionados, quienes deben evitar el quiebre o frustración de las vistas de causas y demás actos procesales, según corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER que la magistrada promovida presente el inventario de los expedientes correspondientes a su despacho, encargándose a la ODECMA la verificación del cumplimiento, principalmente, de los plazos procesales, de acuerdo a sus funciones. Artículo Sétimo.- PONER a conocimiento la presente resolución la Oficina Desconcentrada de Control de

la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Informática, Coordinación de Personal, así como de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente 1884653-1

Aprueban el documento "Protocolo para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte"
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE Oficina de Asesoría Legal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 00552 -2020-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 14 de setiembre de 2020 VISTO: La R.A. n.° 192-2020-CE-PJ del 16.07.2020 (en adelante R.A. 192-2020-CE), emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CE-PJ); la R.A. n.° 381-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ del 22.05.2020 (en adelante R.A. 381-2020); el Oficio n.° 540-2020-GADCSJLIMANORTE-PJ del 12.09.2020, remitido por la Gerente de Administración Distrital (e) Liliana de los Ríos Vega; y, CONSIDERANDO: 1. En cumplimiento de las medidas establecidas por el CE-PJ en la R.A. 147-2020-CE-PJ, esta Presidencia expidió la R.A. 381-2020, la cual dispone, entre otros: Artículo Primero: APROBAR los "Lineamientos para los Protocolos de Seguridad y Salud en el Trabajo Jurisdiccional y Administrativo en la CSJ-LIMA NORTE, durante el Estado de Emergencia Sanitaria y después del levantamiento al Estado de Emergencia Nacional por propagación del COVID-19 en el Perú", (...). 2. Por Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA (30.06.2020) se derogó la Resolución Ministerial n.° 239-2020-MINSA y sus modificatorias contenidas en la Resoluciones Ministeriales n.° 265-2020-MINSA y n.° 283-2020-MINSA, aprobando el Documento Técnico denominado "Lineamientos para la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores con riesgo a exposición a COVID-19". 3. Siguiendo los lineamientos señalados, el CEPJ mediante R.A. 192-2020-CE deja sin efecto la R.A. 147-2020-CE-PJ y aprueba el "Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Poder Judicial", disponiendo que los Presidentes de las CSJ del país emitan disposiciones complementarias respecto a los aspectos no previstos en el Plan, para su adecuada implementación. 4. En ese contexto, por oficio del antecedente la GAD remite el "Protocolo para la Vigilancia, Prevención y Control del Covid-19 en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte" cuyo contenido complementa lo establecido en la R.A. 192-2020-CE, solicitando su aprobación. 5. La propuesta tiene como objeto integrar las medidas complementarias que coadyuven a las disposiciones del CE-PJ a fin de garantizar la prevención y control de la salud de los jueces, funcionarios y servidores en general de la CSJ-LIMA NORTE, lo que se alinea con el principio de prevención contemplado la Ley Nro. 29783 -Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su artículo I del Título Preliminar, que dispone: "El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo