Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2020 (04/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 4 de junio de 2020

NORMAS LEGALES
GASTÓN CÉSAR A. RODRÍGUEZ LIMO Ministro del Interior WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa GUSTAVO MEZA - CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores VÍCTOR ZAMORA MESÍA Ministro de Salud FERNANDO R. CASTAÑEDA PORTOCARRERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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prohibido establecer requisitos o condiciones adicionales en normas sectoriales, regionales o locales". 2. Modifícase el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: "Artículo 5.- Medidas Complementarias 5.1 Facúltese a los Sectores competentes a disponer, mediante resolución ministerial, la inclusión de nuevas actividades económicas que no afecten el Estado de Emergencia Nacional, previa opinión favorable del Ministerio de Salud, y conforme con las medidas sanitarias requeridas para evitar la propagación y contagio del COVID-19. 5.2 Mediante resolución ministerial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede establecer disposiciones complementarias para la aplicación del numeral 3.1 del artículo 3 referidos a proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme con las medidas sanitarias requeridas para evitar la propagación y contagio del COVID-19" DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Reanudación de actividades de la Fase 1 Precísase que las autorizaciones sectoriales, así como los registros realizados en el SICOVID en el marco del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, antes de la entrada en vigencia de la presente norma, se consideran válidos en todos sus extremos. Los trámites iniciados por los solicitantes de actividades de la Fase 1 de la Reanudación de Actividades que no hayan obtenido la autorización sectorial correspondiente, se rigen por lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros

ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción

Anexo Actividades económicas de la Fase 2
Actividades económicas Descripción de CIIU Títulos habilitantes y actos administrativos Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental Titulación de la propiedad agraria y catastro rural Implementación de planes de negocio Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos: - Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento(s) minero(s) y/o acondicionar componente(s) auxiliar(es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores - Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente Protocolo

Agricultura

MINSA

Minería

MINEM

Manufactura Elaboración de alimentos preparados para animales Elaboración de malta y cerveza Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco Fabricación de calzado Elaboración de alimentos preparados para animales Elaboración de bebidas malteadas y de malta Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas Elaboración de vinos Elaboración de productos de tabaco Fabricación de calzado. MINSA MINSA MINSA PRODUCE