Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2020 (23/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Domingo 23 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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conocimiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano, para dar por concluido el proceso de aprobación solicitado para la ejecución de estacionamientos, toda vez que se brindaría solución a través de otro proceso de implementación e) La Gerencia de Participación Vecinal procederá a la verificación sobre las firmas presentadas y que las mismas cumplan con las condiciones señaladas en el numeral 1 del artículo 8vo. y que estén de acuerdo al porcentaje requerido por la presente ordenanza para la gestión del pedido de implementación de los estacionamientos en la vía pública. f) En el proceso de evaluación las dependencias involucradas con la verificación, realizarán como mínimo una inspección técnica, para efectuar la medición, toma fotográfica, verificación de la propuesta o implementación de la misma, según corresponda y según su competencia. g) La Gerencia de Desarrollo Urbano recibirá los informes correspondientes de todas las áreas involucradas. De estar conformes y con opiniones favorables continuará con el proceso de aprobación. De no contar el pedido con opinión favorable comunicará el resultado de la misma a los interesados mediante comunicación emitida por su despacho, señalando los motivos de la improcedencia. h) Con los informes favorables de las diversas dependencias, la Gerencia de Desarrollo Urbano emitirá mediante Resolución Gerencial, el documento de aprobación del pedido. i) La Gerencia de Desarrollo Urbano, remitirá la Resolución de aprobación a la Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato para la realización del expediente técnico de obra. Asimismo la Resolución de aprobación del proyecto se comunicará a la junta vecinal o junta de propietarios para su conocimiento y fines o al área que ha gestionado el permiso. j) La Subgerencia de Obras y Manteniendo del Ornato, con el expediente técnico aprobado, realizará el seguimiento administrativo correspondiente para la ejecución de la obras, optando por el sistema de administración directa. Una vez concretado la asignación presupuestal y el procedimiento

administrativo correspondiente, se comunicará a la junta vecinal el inicio y cronograma de obras a ejecutar. k) Concluido la ejecución de las obras consideradas en el expediente técnico del proyecto, la Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato, comunicará a su gerencia jerárquica la finalización de las obras, y posteriormente a los vecinos solicitantes. También se comunicará a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, a la Subgerencia de Tránsito y la Subgerencia de Operaciones en Seguridad Ciudadana para sus acciones y fines pertinentes. Para el caso en el que el pedido para implementar estacionamientos en el Distrito, sea propuesto por la Municipalidad, el proceso de autorización e implementación se sujetará a los procedimientos señalados en la Ordenanza y detallados en el presente articulo CAPÍTULO V DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 10º.SANCIONES Y MEDIDAS CORRECTIVAS El incumplimiento a cualquiera de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza será sancionada con la correspondiente multa de conformidad con el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, así como con las medidas correctivas que correspondan Artículo 11º.- INCORPORACIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Incorpórese en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad que como Anexo I forma parte integrante de la Ordenanza 611-MSS, las siguientes conductas pasibles de sanción administrativas:

CONSTRUCCIÓN Y URBANISMO (Código G) PROMOCION DE LA CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONAMIENTOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTRES Y PARA MICROMOVILIDAD SOSTENIBLE EN LA VÍA PÚBLICA CODIGO DE INFRACCIÓN G-074 MEDIDA CORRECTIVA O RESTITUTORIA PARALIZACIÓN DE OBRA / RESTITUCIÓN / RETIRO

DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN POR HABILITAR ESTACIONAMIENTOS PARA EL PARQUEO AUTOMOTOR Y PARA VEHÍCULOS DE MICROMOVILIDAD EN ESPACIOS PÚBLICOS SIN LA APROBACIÓN DEL PROYECTO POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD POR NO RESPETAR, PRESERVAR Y CUIDAR LA INTEGRIDAD DEL PARQUEO AUTOMOTOR Y PARA VEHÍCULOS DE MICROMOVILIDAD EN ESPACIOS PÚBLICOS, INCLUYENDO TODO ELEMENTO URBANO QUE LO CONFORMA POR INSTALAR O COLOCAR BARRERAS FÍSICAS EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DONDE SE UBIQUE EL PARQUEO AUTOMOTOR Y PARA VEHÍCULOS DE MICORMOVILIDAD QUE IMPIDAN EL DESPLAZAMIENTO DE LAS PERSONAS Y RESTRINJA LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL POR IMPEDIR EL USO PÚBLICO DEL PARQUEO AUTOMOTOR Y PARA VEHÍCULOS DE MICROMOVILIDAD HABILITADOS EN ESPACIOS PÚBLICOS

GRADUALIDAD MUY GRAVE

%UIT 1 UIT

G-075

GRAVE

70%

RESTITUCIÓN

G-076

GRAVE

70%

PARALIZACIÓN DE OBRA / DEMOLICIÓN / DESMONTAJE / RETIRO

G-077

MUY GRAVE

80%

DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad queda encargada de resolver cualquier controversia, aclaración o precisión sobre la aplicación de la regulación establecida en la presente Ordenanza, para ello podrá tomar opinión de las áreas técnicas que se consideren necesarias. Segunda.- La Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato y la Subgerencia Limpieza, Parques y Jardines, quedan encargados del mantenimiento y limpieza del área ejecutada en la vía pública para sus fines pertinentes. Tercera.- La Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, en cumplimiento del Reglamento de Aplicación de Sanciones - RAS y la Subgerencia de Tránsito, y la Subgerencia de Operaciones en Seguridad Ciudadana, quedan encargados del orden, resguardo de la seguridad, y correcto funcionamiento del parqueo habilitado y sus zonas adyacentes. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Quinta.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal institucional www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde