Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2020 (23/08/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de agosto de 2020 /

El Peruano

mecanismos el acceso a los servicios de salud, trabajo digno, educación y participación en decisiones políticas y económicas a mujeres y niñas, para ello el colectivo o asociativismo de mujeres traen consigo: mujeres con sentido de control personal, con un pensamiento crítico y capacidad reflexiva acerca de su contexto sociopolítico en el que se encuentran, otras ideas con respecto a la participación y organización de las estructuras sociales, el reconocimiento de la importancia de la búsqueda de apoyo social, comunitario e institucional. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en sesión ordinaria desarrollada en la ciudad de Cajamarca, llevada a cabo el día 03 de Febrero del año 2020, y en uso de sus facultades conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902, Ley N° 28968 y la Ley N° 29053, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA RED DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS COMO MECANISMO QUE PROMUEVE LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES, GENERACIÓN DE SERVICIOS Y HERRAMIENTAS DE APOYO A LA GESTIÓN DE EMPRENDIMIENTOS LIDERADOS POR MUJERES Y SU ARTICULACIÓN CON MERCADOS NACIONALES E INTERNACIONALES" Artículo Primero.- CREASE, La Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Cajamarca adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, como mecanismo que impulsa la asociatividad de organizaciones de mujeres emprendedoras y empresarias, que tiene como propósito promover el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres, la generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con mercados nacionales e internacionales. Artículo Segundo.­ Son funciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias. · Elaborar un programa anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial. · Promover y difundir los derechos económicos de las mujeres, para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres, visibilizando la participación de las mujeres en el desarrollo económico local. · Coordinar y concertar con la mesa multiactor acciones de capacitación, asistencia técnica, educación financiera, acceso a servicios financieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional. · Solicitar a la mesa multiactor la creación e implementación de un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicios en el mercado regional y nacional. · Otras funciones que se considere necesarias para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres. Artículo Tercero.­ Reconocer la conformación de la "mesa multiactor" para la promoción desarrollo y sostenibilidad de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias como instancia de soporte técnico que facilita, servicios de capacitación y asistencia técnica para la gestión y desarrollo empresarial, flujo de información de la demanda de mercado y gestión de recursos financieros para el apalancamiento de proyectos orientados al empoderamiento y autonomía económica de las mujeres. Artículo Cuarto. - Son funciones de la mesa multiactor. · Apoyar el crecimiento del empresariado liderado por mujeres ofreciendo herramientas y recursos destinados a consolidar la red de mujeres emprendedoras y empresarias, generando oportunidades de participación en mercados, regionales, nacionales e internacionales, declarando que la igualdad es buena para los negocios. · Impulsar la conformación de un equipo técnico para acompañar procesos de creación, crecimiento y

consolidación de emprendimientos económicos liderados por mujeres, ofertando conocimientos especializados para la gestión de sus empresas, mediante planes de negocio, registrar sus marcas, y gestionar recursos financieros. · Favorecer a aquellas mujeres emprendedoras y empresarias que, por falta de orientación no acceden a nichos de mercados en procura de convertirse en líderes de su sector. · Promover y gestionar mejor acceso a mercados y redes que permiten potenciar las empresas lideradas por mujeres ofreciendo información sobre servicios financieros y no financieros. · Formular y gestionar el plan de acción para el fortalecimiento y sostenibilidad de la red de mujeres emprendedoras y empresarias. Artículo Quinto. ­ Encargar la Gerencia Regional de Desarrollo Económico realizar las acciones siguientes: Facilitar los procedimientos y espacios para la designación de los miembros de la red de mujeres emprendedoras y empresarias, así como la conformación de la mesa multiactor, en cumplimiento a los compromisos y orientaciones técnicas emanadas desde la Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres DPDAEM/DGIGND-MIMP. Promocionar y potenciar la creación de redes de mujeres emprendedoras y empresarias a nivel provincial y distrital en el ámbito de la región. Garantizar, monitorear y evaluar, el cumplimiento del plan de acción de la mesa multiactor. Elaborar y facilitar, la formulación del reglamento interno de la red de mujeres emprendedoras y empresarias de la región Cajamarca, en un plazo de 30 días después de haberse aprobado la presente ordenanza. Crear e implementar el registro regional de redes de mujeres emprendedoras y empresarias, a fin de recoger las demandas y necesidades de las mujeres emprendedoras y empresarias, así como fuente de información para la construcción del análisis de brechas de género en la región. Implementar y cumplir la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- Encargar el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, para que a través de sus órganos competentes apliquen en forma obligatoria lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal electrónico del Gobierno Regional de Cajamarca (www. regioncajamarca.gob.pe) Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación. Dado en la sala de sesiones de la sede del Gobierno Regional de Cajamarca el día 03 del mes de Febrero del año Dos Mil Veinte. IVAN MIKAEL CÁCERES VIGO Consejero Delegado Presidente de la Mesa Directiva Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DE CAJAMARCA. POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en Cajamarca, a los 14 días del mes de febrero de 2020. MESÍAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador Regional 1879124-2 DEL GOBIERNO