Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2020 (19/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 19 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES
Párrafo/numeral Segundo párrafo preámbulo Texto actual del Acuerdo Marco

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Enmienda propuesta

- Jurado Nacional de Elecciones. - Oficina Nacional de Procesos Electorales. - Defensoría del Pueblo, organismos locales, nacionales e internacionales como observadores. - Gobierno Regional del Cusco. Artículo Quinto.- DISPONER a la Oficina de Secretaría General efectuar la publicación de la presente Ordenanza en el Judicial del Cusco. Artículo Sexto.- DEROGAR cualquier norma municipal que se oponga en todo o en parte a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Séptimo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub. Gerencia de la Juventud, Poblaciones Vulnerables y Participación Ciudadana, Oficina de Relaciones Públicas, áreas involucradas, para su conocimiento, fines consiguientes y a la Sub. Gerencia de Informática disponer efectúe la publicación en el portal de transparencia de la Entidad. DISPOSICIONES FINALES Única.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO AGUILAR ARMENDARIZ Alcalde (e) 1878306-1

del Reconociendo que la Reconociendo energía solar proporciona que la energía solar a los países ricos en proporciona a los países recursos solares, situados la oportunidad sin total o parcialmente entre precedentes para traer los Trópicos de Cáncer y prosperidad, seguridad Capricornio, la oportunidad energética y desarrollo sin precedentes para traer sostenible a sus pueblos, prosperidad, seguridad energética y desarrollo sostenible a sus pueblos,

Artículo VI, numeral 1(a) Contribuciones voluntarias C o n t r i b u c i o n e s de sus Miembros, Países voluntarias de sus Asociados, la ONU y sus Miembros, la ONU y organismos, así como otros sus organismos y otros países; países; Artículo VII, título Artículo VII, numeral 1 Estatus de Miembro y País Socio Estatus de País Miembro

CONVENIOS INTERNACIONALES

La membresía está abierta La membresía está a aquellos Estados ricos abierta a los Estados en recursos solares que que son miembros de las se encuentran total o Naciones Unidas. Dichos parcialmente entre el Estados se convierten Trópico de Cáncer y el en Miembros de la Trópico de Capricornio, y ISA al haber firmado que son miembros de las el presente Acuerdo Naciones Unidas. Dichos y haber depositado Estados se convierten en un instrumento de Miembros de la ISA al haber ratificación, aceptación o firmado el presente Acuerdo aprobación. y haber depositado un instrumento de ratificación, aceptación o aprobación. La Asamblea puede Podría suprimirse. conceder el estatus de País Socio a los Estados que se encuentran fuera del Trópico de Cáncer y del Trópico de Capricornio, que sean miembros de las Naciones Unidas y que deseen y puedan contribuir a los objetivos y actividades previstos en el presente Acuerdo.

Artículo VII, numeral 2

Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA)
Resolución de la India para la enmienda del Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional Recordando que la Alianza Solar Internacional (ISA, por sus siglas en inglés), creada el 30 de noviembre de 2015, se convirtió en una organización internacional intergubernamental fundamentada en tratados el 6 de diciembre de 2017. Observando que, en un breve período, 70 países miembros potenciales ya han firmado el tratado de la ISA y que 44 de dichos países lo han ratificado. Reconociendo que la energía solar cumple una función clave para alcanzar el objetivo de desarrollo sostenible consistente en garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos. Reconociendo que el acceso a la energía solar es esencial para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, el acceso universal a la energía a precios asequibles y la seguridad energética y que, asimismo, ayudaría a reducir la pobreza y a mejorar las condiciones y el nivel de vida de la mayor parte de la población mundial, en particular de las mujeres. Tomando consciencia de que la iniciativa de la ISA beneficiaría al mundo en su conjunto y que no debería restringirse a los países que se hallen total o parcialmente entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio. La India propone una resolución para las siguientes enmiendas al Acuerdo Marco de la ISA con el fin de ampliar el alcance de la membresía de la ISA a todos los países que son miembros de la ONU.

Artículos VII, numeral 3 Los Países Socios son Podría suprimirse. elegibles para participar en los Programas de la ISA, con la aprobación de los Miembros que participan en el Programa. Artículo IX (Observadores) El estatus de observador El estatus de observador puede ser otorgado por puede ser otorgado la Asamblea a quienes por la Asamblea a soliciten la membresía o los solicitantes de asociación, cuya solicitud membresía cuya está pendiente, o a solicitud esté pendiente, cualquier otra organización o a cualquier otra que pueda promover el organización que pueda interés y los objetivos de promover el interés y los la ISA. objetivos de la ISA.

1877977-1

Entrada en vigencia de la "Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA)"
Entrada en vigencia de la "Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional el 3 de octubre de 2018; y ratificada mediante Decreto Supremo N° 023-2020-RE del 10 de agosto de 2020. Entró en vigor el 15 de julio de 2020. 1877978-1