Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Jueves 5 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependientes, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el numeral 3) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: "Corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local"; asimismo el artículo 40º de la misma norma, que señala "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)"; Que, con Informe Nº 322-2019-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que se apruebe mediante Ordenanza Municipal, el proyecto de "Ordenanza que aprueba el Reglamento de Condecoraciones denominado "San Francisco de Borja" de la Municipalidad de San Borja, por cuanto se encuentra conforme a las normas vigentes, resultando procedente su aprobación; por lo que de conformidad con el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se deberá derivar los actuados administrativos a la Oficina de Secretaría General, a fin de que sea puesto a conocimiento del Concejo Municipal para su evaluación y aprobación conforme a sus atribuciones; Que, se torna, necesario aprobar un nuevo Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones de la Municipalidad Distrital de San Borja, de acuerdo a la normatividad vigente; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DENOMINADO "SAN FRANCISCO DE BORJA" DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad de San Borja, el mismo que consta de siete (07) Títulos, veintiséis (26) artículos y dos (02) disposiciones complementarias, conforme al Anexo Único adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como velar por el cumplimiento de los fines del mismo, a la Secretaría general y a todos los miembros de la Comisión de Condecoraciones. Articulo Cuarto.- DERÓGUESE el Acuerdo de Concejo N° 034-2011-MSB-C, que aprueba el Reglamento de Condecoraciones denominado "San Francisco de Borja", y el Acuerdo de Concejo N° 069-2012-MSB-C que modifica el reglamento en mención, y todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Borja: www.munisanborja.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1803163-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Prorrogan el Programa de Actualización Predial y Fiscalización Tributaria en el distrito, establecido en la Ordenanza Nº 273-MDSL/C
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2019-DA/MDSL San Luis, 26 de agosto de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Legal 387-2019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 059-2019-MDSLGAT de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 073-2019-SGFT-GAT-MDSL de la Subgerencia de Fiscalización Tributarias; entre otros, sobre la prórroga de la Ordenanza Nº 273-MDSL/C; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, "Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes" establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, (...) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42º de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 273-MDSL/C, emitida el 30 de abril de 2019 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 19 de mayo de 2019, se aprobó la Ordenanza que Aprueba el Programa de Actualización Predial y Fiscalización Tributaria en el distrito de San Luis; Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la ordenanza Nº 273- MDSL/C; Que, en ese contexto la Subgerencia de Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 073-2019-SGFT-GAT-MDSL, informa y sustenta la necesidad de una prórroga de la fecha de vencimiento hasta el día 30 de setiembre de 2019, de la Ordenanza que aprueba el Programa de Actualización Predial y Fiscalización Tributaria en el distrito de San Luis, regulado por la Ordenanza Nº 273-MDSL/C, a efectos de seguir otorgando las facilidades a los vecinos del distrito para que de modo voluntario o inducido presenten sus Declaraciones Juradas de Impuesto Predial de Inscripción o Rectificación, así también como resultado del proceso de Fiscalización de predios. Del mismo modo, la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 397-2019-MDSL-GAJ, emite opinión favorable sobre la prórroga de dicha ordenanza mediante Decreto de Alcaldía, a fin de cumplir las metas previstas; Asimismo cuenta con el Informe Nº 059-2019-MDSL-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 30 de setiembre de 2019, el Programa de Actualización Predial