Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de setiembre de 2019 /

El Peruano

PRP/MC y N° D000059-2019-DRBM/MC, ambos de fecha 4 de julio de 2019, elaborados por la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de cuarenta y seis (46) fragmentos de textil de origen prehispánico como Patrimonio Cultural de la Nación, los cuales fueron incautados en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez cuando se pretendía exportarlos ilícitamente; siendo que cuarenta y cinco (45) de éstos se encuentran agrupados en dieciséis (16) objetos de manufactura moderna; Que, los cuarenta y seis (46) fragmentos de textil de origen prehispánico presentan alto grado de valor, importancia y significado histórico, científico y social, ya que muestran el proceso tecnológico alcanzado en el periodo del Intermedio Tardío en las sociedades de la costa central del Perú, son testimonio del desarrollo cultural, social y tecnológico de las sociedades prehispánicas de la costa central peruana, contribuyen con la identificación y revaloración de nuestro patrimonio cultural y permiten la interpretación de los procesos tecnológicos, evidenciando las técnicas de manufactura, teñido y experimentación en el empleo de pigmentos y materias primas desarrolladas por las sociedades del Intermedio Tardío; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de cuarenta y seis (46) fragmentos de textil de origen prehispánico; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los cuarenta y seis (46) fragmentos de textil de origen prehispánico, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el anexo correspondiente en el Diario Oficial "El Peruano" y el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1803297-1

Visto, el Oficio NC-19-EMAI-Nº 1586 del 22 de julio de 2019 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el 28 de octubre de 2005, la República del Perú suscribió la "Convención de la Organización Asia-Pacífico para la Cooperación Espacial (APSCO)", la misma que fuera adoptada el 12 de noviembre de 2003, en la ciudad de Pekín, República Popular China; Que, el mencionado instrumento internacional fue aprobado por el Congreso de la República del Perú mediante Resolución Legislativa Nº 28781 del 27 de junio de 2006 y ratificado por el Decreto Supremo Nº 035-2006RE del 18 de julio de 2006, entrando en vigencia para la República del Perú el 12 de octubre de 2006; Que, mediante la ratificación de la "Convención de la Organización Asia-Pacífico para la Cooperación Espacial (APSCO)", la República del Perú, como integrante de la organización, reafirmó los objetivos de promover y fortalecer el desarrollo de programas de colaboración espacial entre los Estados Miembros, a través del establecimiento de las bases para la cooperación en las aplicaciones pacíficas de la ciencia y tecnología espacial y la capacitación e implementación de políticas para el desarrollo espacial e industrialización de la tecnología del espacio; Que, de acuerdo al literal g), numeral 1, del artículo 17 de la Convención de APSCO, el Secretario General es responsable de reclutar personal para la Organización desde los Estados Miembros; y que, de acuerdo al artículo 6 de las Regulaciones de Servicios aprobadas por el Consejo de APSCO en su primera sesión llevada a cabo del 16 al 17 de diciembre de 2008, el cuerpo de funcionarios internacional de APSCO será nominado o reclutado desde los Estados Miembros de acuerdo a la cuota determinada por su escala de contribución financiera, y su empleo será bajo contrato por un periodo de tres años; Que, conforme a lo establecido en el inciso 6 del artículo 6 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es función del Ministerio de Relaciones Exteriores, acreditar a las personas que desempeñan funciones oficiales en el extranjero en el Servicio Exterior, en las representaciones permanentes y en las misiones especiales; así como, acreditar, cuando corresponda, a las delegaciones que participan en conferencias internacionales; Que, con la Nota Verbal APSCO/2019/A&F/034f del 27 de mayo de 2019, la Organización para la Cooperación Espacial Asia-Pacifico (APSCO), solicita al Jefe Institucional de la Agencia Espacial del Perú-CONIDA se proponga un candidato para ocupar la plaza de Alto Funcionario en el Departamento de Educación y Entrenamiento de la Organización para la Cooperación Espacial Asia-Pacífico (APSCO); Que, a través del Oficio Nº 03321-2019-MINDEF/SG del 07 de mayo de 2019, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, solicita al Secretario General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, se pronuncie a la brevedad posible sobre la designación de un (01) Oficial ante la Organización para la Cooperación Espacial Asia-Pacífico (APSCO); Que, con el Oficio CONIDA/JEINS/SEGEN/OFCOR N° 353-2019 de fecha 31 de mayo de 2019, el Jefe Institucional de la Agencia Espacial Perú-CONIDA, hace de conocimiento al señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, la solicitud de la Organización para la Cooperación Espacial Asia-Pacífico (APSCO), sobre la propuesta de candidatos para ocupar una (01) plaza de Alto Funcionario en el Departamento de Educación y Entrenamiento del mencionado organismo internacional; Que, mediante el Oficio NC-19-SGFA-EMAI-Nº 2174 del 17 de junio de 2019, el Secretario General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, hace de conocimiento al Secretario General del Ministerio de Defensa, la propuesta del Coronel FAP VICTOR ALBERTO VANINI NAMOC como candidato que cumple con los requisitos exigidos por la ASPCO para ocupar la plaza de Alto Funcionario en el Departamento de Educación y Entrenamiento de la Organización para la Cooperación Espacial Asia-Pacífico (APSCO); Que, con el Oficio NC-19-SGFA-EMAI-Nº 2260 del 25 de junio de 2019, el Secretario General de la

DEFENSA
Designan a oficial FAP para que se desempeñe como Alto Funcionario en el Departamento de Educación y Entrenamiento de la APSCO, en la República Popular China, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 067-2019-DE/FAP Lima, 4 de setiembre de 2019