Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 103
El Peruano / Jueves 5 de setiembre de 2019
NORMAS LEGALES
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públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece la estructura municipal básica de los gobiernos locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Oficina de Presupuesto y Planeamiento; así mismo, dispone que los demás Órganos de Línea, Asesoramiento y Apoyo, se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Que, el Artículo 8º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto, y en su Artículo 9° numeral 8) establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que, con Acuerdo Municipal N° 001-2019-MPCH emitido el 10 de enero del presente año, norma con la cual se declara en reestructuración organizacional y administrativa a la Municipalidad Provincial de Chiclayo con un plazo perentorio de cien días, computados a partir de la publicación del referido Acuerdo Municipal; Que, el D.S. Nº 054-2018-PCM y su modificatoria D.S. N° 131-2018-PCM, aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado" en el cual, se describen los pasos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de todas las entidades de la Administración Pública, entre ellas la de los gobiernos locales; Que, según el Artículo 43° del D.S. Nº 054-2018-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) formaliza la Estructura Orgánica contiendo las competencias y funciones generales de la Entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización y sus relaciones de dependencia; Que, el Artículo 50.1° del D.S. Nº 054-2018-PCM, establece que el expediente del proyecto del ROF deberá estar conformado por: a) Proyecto del dispositivo legal aprobatorio del ROF; b) Proyecto del ROF; c) Exposición de motivos; d) Informe técnico; e) Informe legal elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad y la no duplicidad de funciones; Que, con Ordenanza Municipal Nº 008-2015-MPCH del 27-04-2015, se aprobó la Estructura Orgánica actual y su ROF de la Municipalidad Provincial de Chiclayo vigente, modificado en parte con O.M. N° 006-2016-MPCH/A, el 11-03-2016; O.M. N° 0014-2016-MPCH/A, del 24-08-2016, O.M. N.º 010-2017-MPCH/A, del 14-07-2017, y O.M. N.º 013-2018-MPCH/A, del 18-09-2018; siendo propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, la adecuación de la Estructura Orgánica en articulación con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional (PEI-20192022) aprobado con O.M. N° 008-2019-MPCH del 18 de junio del 2019 y la correspondiente actualización del ROF de la entidad; en ese sentido, para la aprobación del expediente del proyecto de ROF de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, se cumple con las condiciones precitadas en el párrafo anterior del presente dispositivo municipal; Que, el proyecto del ROF contiene cambios sustanciales como: la eliminación de la Sub Gerencia de Coordinación de Alcaldía, transfiriendo sus funciones y competencias dentro de la estructura interna de Alcaldía; la Sub Gerencia de Secretaría General se convertirá en la Gerencia de Secretaría General; creación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, creación de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, creación de la Sub Gerencia de Turismo y Cultura; el Centro de Gestión Inmobiliaria CEGICH, se extinguirá de la organización estructural y sus funciones se desarrollarán en la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; y el retiro del Proyecto "Chiclayo Limpio", de la estructura organizacional; Que, el proyecto del ROF también contiene cambios no sustanciales que ordena y modifica la tipicidad de algunos órganos existentes, como lo es órgano desconcentrado denominado Centro de Gestión Ambiental CEGACH, el cual se convierte en la Gerencia de Desarrollo Ambiental integrada por la Sub Gerencia de Gestión de Residuos Sólidos y Sub Gerencia de Parques y Jardines, órganos de línea dependiente jerárquicamente de la Gerencia Municipal; así mismo, se procederá al cambio de denominación de algunas
unidades de organización, por evolución y/o disposición de la norma de la materia, especialmente las relacionadas a los Sistemas Administrativos (Sistema Nacional de Programación Multianual, Administración Financiera, Presupuesto, Recursos Humanos, Modernización de la Gestión Pública, entre otras), como: la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto se denominará Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización se denominará Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización; la Sub Gerencia de Programación de Inversiones y CTI, denominada en adelante como Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones y CTI; la Sub Gerencia de Logística y Servicios Internos se denominará Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventudes y Turismo, por la de Sub Gerencia de Educación, Deportes, Recreación y Juventudes; la Sub Gerencia de Guardia Municipal Urbana y Serenazgo en Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana; la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Formalización del Comercio en Sub Gerencia de Promoción y Formalización Empresarial e integrada a la Gerencia de Desarrollo Económico Local; y el Centro Metropolitano de Planificación Territorial y Gestión Catastral evoluciona a Instituto Metropolitano de Planificación Territorial y Gestión Catastral; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º, numeral 3 y 8) y Artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD de los Señores Regidores optó por aprobar, y; SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, el mismo que consta de V (Cinco) Títulos, XII (Doce) Capítulos, 136 (Ciento Treinta y Seis) Artículos y 5 (Cinco) Disposiciones Complementarias y Finales; que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a los treinta (30) días de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DERÓGUENSE expresamente a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, las siguientes normas: Ordenanza Municipal Nº 008-2015-MPCH del 27-042015 y sus modificatorias O.M. N° 006-2016-MPCH/A, del 11-03-2016, O.M. N° 0014-2016-MPCH/A, del 24-08-2016 y O.M. N° 010-2017-MPCH/A, del 14-07-2017, y demás disposiciones que se opongan. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Recursos Humanos y Sub Gerencia de Secretaría General y todas las unidades orgánicas las acciones administrativas para la implementación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la MPCH. Artículo Quinto.- DISPONER; a la Gerencia de Recursos Humanos la elaboración y adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal de su competencia, conforme a las disposiciones previstas en la normatividad vigente. Artículo Sexto.- DISPONER; a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la asignación o desafectación presupuestal que se genere por la creación o eliminación de cargos en la entidad, a partir de la actualización de los documentos de gestión correspondientes. Artículo Séptimo.- DISPONER a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación del íntegro del Reglamento de Organización y Funciones en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (www.munichiclayo. gob.pe) y en el Portal Web del Estado Peruano (www.perú. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCOS A. GASCO ARROBAS Alcalde 1801990-1