Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2019 (05/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 28
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NORMAS LEGALES
Lunes 5 de agosto de 2019 /
El Peruano
Geógrafo, el cual fue expedido por esta Universidad el 15.04.2019, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma y según lo estipulado en el artículo 6º del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, adjunta los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0499-2019-OGTSG-UNFV de fecha 24.04.2019, señala que se expidió con fecha 04.01.2019 el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Geógrafo a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 102, Folio Nº 131 y Registro Nº 89910, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; Asimismo, señala que lo solicitado por don EDER JALCAO PEREZ FLORES, cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del Diploma de Título de Ingeniero Geógrafo, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 222-2019-OCAJUNFV, de fecha 06.05.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 418-2019-VRACUNFV de fecha 23.05.2019 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2829-2019-R-UNFV, de fecha 27.05.2019; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 95, de fecha 04.06.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Título de Ingeniero Geógrafo, otorgado por la Facultad de Ingeniería Geográfica, Ambiental y Ecoturismo de esta Casa de Estudios Superiores, a favor don EDER JALCAO PEREZ FLORES. De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Título de Ingeniero Geógrafo, otorgado por la Facultad de Ingeniería Geográfica, Ambiental y Ecoturismo de esta Casa de Estudios Superiores, a favor don EDER JALCAO PEREZ FLORES (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 102 Folio Nº 131 y Registro Nº 89910 y fecha de expedición 04.01.2019, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ingeniería Geográfica, Ambiental y Ecoturismo, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General(e) 1794023-4
Aprueban la incorporación, modificación y retiro de tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 5731-2019-CU-UNFV San Miguel, 1 de julio de 2019 Visto, el Oficio Nº 002-2019-CRT-DIGA-UNFV de fecha 25.04.2019, del Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, mediante el cual remite para su aprobación la incorporación de noventa y seis (96) tarifas y la modificación del concepto de cuatro (04) tarifas, así como el retiro de una (01) tarifa en el Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes; Que, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, establece en su Artículo 8º "El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013, se aprobó el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el mismo que consta de treinta y seis (36) folios, que sellados y rubricados por el Secretario General de la Universidad, forma parte integrante de la referida Resolución; Que, mediante Resolución R. Nº 7367-2015-CUUNFV de fecha 24.02.2015, se aprobó la Incorporación y/o Actualización de ciento sesenta y nueve (169) tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013; Que, mediante Resolución R. Nº 602-2017-UNFV de fecha 10.04.2017-UNFV se reestructuró a partir de dicha fecha, la Comisión encargada de Revisar el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de esta Casa de Estudios Superiores; Que, mediante Resolución R. Nº 1057-2017-UNFV de fecha 09.06.2017, se aprobó la DIRECTIVA Nº 002-2017DIGA "Lineamientos para el Proceso de Formulación, Actualización, Modificación, Eliminación y Aprobación de Tarifas para los Procesos no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal"; Que, mediante Resolución R. Nº 2167-2018-CUUNFV de fecha 22.01.2018, se aprobó la Actualización de cuatrocientos cincuenta y tres (453) Tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015; Que, mediante Oficio Nº 002-2019-CRT-DIGA-UNFV de fecha 25.04.2019, el Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, remite para su aprobación la incorporación de noventa y seis (96) tarifas, correspondientes al Instituto de Idiomas, a las Facultades de Derecho y Ciencia Política y de Ingeniería Civil la modificación del concepto de cuatro (04) tarifas correspondientes al Instituto de Idiomas, así como el retiro de una (01) tarifa correspondiente al Instituto de Idiomas; por lo que solicita la modificación del Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos aprobado