Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2019 (05/08/2019)
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NORMAS LEGALES
Lunes 5 de agosto de 2019 /
El Peruano
el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.° 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Román Heredia, como Cónsul General del Perú en Hamburgo, República Federal de Alemania. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fijada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1794200-5
Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1794200-6
SALUD
Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada "Comisión Nacional de Cuentas de Salud"
DECRETO SUPREMO Nº 020-2019-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la referida norma, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el artículo 3 de la Ley N° 30895, que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, incorpora el artículo 4-A al Decreto Legislativo 1161, en los siguientes términos: "El Ministerio de Salud, en su condición de ente rector y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud a nivel nacional, en las siguientes instituciones: Essalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas"; Que, el artículo 123 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional, como organismo del Poder Ejecutivo que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el numeral 3 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las comisiones multisectoriales de naturaleza permanente, son creadas con fines específicos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalización, o emisión de informes técnicos, creándose formalmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los sectores involucrados; Que, asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de
Nombran Cónsul General del Perú en Hamburgo, República Federal de Alemania
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 127-2019-RE Lima, 3 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las oficinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ana Angélica Peña Doig, Cónsul General del Perú en Hamburgo, República Federal de Alemania. Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema N.° 283-2003-RE, de 12 de octubre de 2003. Artículo 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4.- La fecha en que la citada funcionaria diplomática deberá asumir funciones será fijada por Resolución Viceministerial.