Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2016 (06/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DEBE DECIR:
DESTINO PERSONAL EN EL EXTRANJERO GRAL DIV

NORMAS LEGALES
ORIGEN CELIZ KUONG JORGE ORLANDO PERSONAL AGREGADO DE DEFENSA ADJUNTO EN EL Y MILITAR A LA EMBAJADA DEL EXTRANJERO PERÚ EN LOS EEUU DE AMÉRICA

Miércoles 6 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1330430-2

Autorizan viaje, de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2016-DE/MGP Lima, 5 de enero de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1555 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 28 de octubre de 2015; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa Italiano en Perú, hace de conocimiento que el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Italiano, ha cursado invitación para que UN (1) Oficial de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, participe en el Curso del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD), a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 8 de enero al 17 de junio de 2016; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar a Oficiales en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de brindar experiencia significativa en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional, privilegiando la información estratégica para la implementación de actividades especializadas, permitiendo acceder al análisis y adaptación de los avances actuales de la Defensa Nacional; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Juan Alberto CARAVEDO Miyahira, para que participe en el Curso del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD), a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 8 de enero al 17 de junio de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá obtener conocimiento en aspectos relacionados con la defensa, desarrollo nacional y gestión estratégica en el ámbito internacional, con el fin de preparar a los futuros asesores y conductores para asumir las más altas responsabilidades institucionales y conjuntas; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Juan Alberto CARAVEDO Miyahira, CIP. 00887663, DNI. 43287807, para que participe en el Curso del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD), a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 8 de enero al 17 de junio de 2016; así como, autorizar su salida del país el 6 de enero y su retorno el 18 de junio de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: