Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2016 (06/01/2016)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 6 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574565

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", en la que se establecen principios, normas, procedimientos e instrumentos del proceso de planeamiento en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ­ SINAPLAN, de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública; Que, los artículos 47, 48 y 49 de la citada Directiva, prevén que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­CEPLAN elabore el Informe Técnico que permita verificar que los planes estratégicos cumplan con lo establecido en la citada Directiva y las demás disposiciones aprobadas por el CEPLAN, con cuyo documento se verifica la articulación entre los objetivos de los planes estratégicos con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0401-2012/ RE, se aprobó el Plan Estratégico de Largo Plazo (PESLP) 2012 ­ 2021 del Sector Relaciones Exteriores; que constituyó un instrumento orientador de la gestión sectorial que sirve de marco para priorizar objetivos y acciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 04012014/RE, se designó a los miembros de la Comisión de Planeamiento Estratégico del sector Relaciones Exteriores, la misma que se constituye como la máxima instancia del sector encargada de guiar, acompañar y validad el proceso de Planeamiento Estratégico; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Relaciones Exteriores, ha validado la propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores, conforme se desprende del Acta, de fecha 7 de agosto de 2015; Que, de otro lado, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, en el marco de lo preceptuado por el artículo 48 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, a través del Oficio Nº 278-2015-CEPLAN/DNCP ha remitido el Informe Técnico Nº 01-2015-CEPLAN-DNCP-EAAA, donde concluye que el PESEM propuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra conforme y cumple con lo establecido en la citada Directiva; Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores, ha sido formulado considerando la conformación del Sector, convirtiéndose en el instrumento de planeamiento de mediano plazo, que contiene el marco estratégico sectorial, objetivos estratégicos, acciones estratégicas priorizadas, con sus respectivas metas e indicadores; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, y la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.-Adecuación Disponer que el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, adecúe el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, respectivamente, al Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores, aprobado por el artículo que antecede, en los plazos previstos en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/ PCD.

Artículo 3.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 0401-2012/RE, que aprobó el Plan Estratégico de Largo Plazo (PESLP) 2012 ­ 2021 del Sector Relaciones Exteriores y sus modificatorias. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano y de la resolución ministerial y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1330110-1

SALUD
Aceptan renuncia de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2016/MINSA Lima, 4 de enero del 2016 Visto, el expediente N° 15-130393-001, que contiene el Memorando N° 2501-2015-OGGRH-OARH-EIE/ MINSA, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 677-2012/ MINSA, de fecha 13 de agosto de 2012, se designó al licenciado Edmundo Luis San Martín Barrientos, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, el funcionario citado en el considerando precedente, ha formulado renuncia al cargo en el que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 6772012/MINSA; Que, mediante Informe N° 1071-2015-EIEOARH/MINSA, remitido mediante Memorando Nº 2501-2015-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que corresponde aceptar la renuncia formulada; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Oficina General; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de ls Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del licenciado Edmundo Luis San Martín Barrientos, al cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1330280-1