Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2016 (14/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de agosto de 2016 /

El Peruano

Que, según los Numerales 6.4 y 3.1 de los Artículos 73º y 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales en materia de servicios sociales locales: "Difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales"; Que, según el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del alcalde: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas"; Que, resulta necesario reglamentar la ORDENANZA Nº 387-MDC y, por disposición del Artículo 3º de la referida norma conformar la Comisión Organizadora del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes ­ "CCONNA"; Que, la Sub Gerencia de Promoción Social, OMAPED y DEMUNA en coordinación con el COMUDENA, han elaborado un proyecto de Reglamento de manera participativa con los Municipios escolares del distrito así como Representantes de Instituciones Públicas y Privadas que tienen intervención en el distrito; Con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano, según Informe Nº093-2016-GDH/MDC y de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe Nº 288-2016-GAJ-MDC y, estando a las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; con el Visto Bueno del Sub Gerente de Promoción Social,

DEMUNA y OMAPED, de los Gerentes de Desarrollo Humano, Asuntos Jurídicos y del Gerente Municipal. SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Consejo Consultivo del Niño, Niña y Adolescente del Distrito de Comas ­ CCONNA, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, en mérito de los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Sub Gerencia de Promoción Social, DEMUNA y OMAPED y, demás Unidades Orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; así como a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico la publicación del íntegro del anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.municomas.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1415372-1

PROYECTO

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de resolución que establecería fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a SEDACHIMBOTE S.A. en el quinquenio regulatorio 2016-2021 y los costos máximos de unidades de medida de actividades requeridas para determinar precios de servicios colaterales
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2016-SUNASS-CD Lima, 11 de agosto de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 112-2016-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2016-2021, de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por SEDACHIMBOTE S.A.1, y ii) costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 002-2015-SUNASS-GRT, se inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de SEDACHIMBOTE S.A.; Que, conforme a lo establecido en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas2, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS el proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto; Según lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General, el Consejo Directivo en su sesión del 14 de julio de 2016; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a SEDACHIMBOTE S.A. en el quinquenio regulatorio 2016-2021 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios. Artículo 2º.- Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior y de sus anexos, así como su exposición de motivos. Artículo 3º.- Disponer la publicación en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del proyecto de resolución a que se refiere el artículo primero, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicados por SEDACHIMBOTE S.A. en el quinquenio regulatorio 2016-2021, así como la notificación de lo antes mencionado a la referida empresa. Artículo 4º.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS señale oportunamente en el correspondiente aviso, la

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Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima. Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.