Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2016 (14/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de agosto de 2016 /

El Peruano

Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Independencia Unificada y Ermitaño, distrito de Independencia", conforme consta del Plano de Ubicación Nº U-1, Plano Perimétrico Nº FL-12 y Memoria Descriptiva autorizados por la verificadora catastral Ing. Geógrafa Elizabeth Alayo Peralta, remitidos por la solicitante; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1005-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 05 de agosto de 2016 (folios 49 al 51); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio en el marco del Decreto Legislativo Nº 1192 a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ­ SEDAPAL, del terreno eriazo de 630,36 m² denominado Reservorio Apoyado Proyectado RAP-03, ubicado colindante al Pueblo Joven Milagro de la Confraternidad, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de ser destinado al Proyecto: "Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Independencia Unificada y Ermitaño, distrito de Independencia", según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor de SEDAPAL del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1415752-5

ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas, del sector de materiales y acabados para la construcción, su participación en la Feria Internacional "EXPOCAMACOL 2016", a realizarse en la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 24 al 27 de agosto de 2016, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable en la línea de materiales y acabados para la construcción; Que, la participación en esta feria facilitará a las empresas peruanas participantes, el posicionamiento de sus productos en el mercado colombiano, además de identificar potenciales compradores, importadores, distribuidores, que faciliten el ingreso de nuestros productos en dicho mercado; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 22 al 28 de agosto de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Pasajes aéreos Clase Económica US $ 414,00 Viáticos N° día días 370,00 5 Total Viáticos 1 850,00

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 118-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 9 de agosto de 2016 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y

Cecilia del Rosario Pacheco Medina

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Cecilia del Rosario Pacheco Medina, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1415301-1