Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2015 (04/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 4 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 203, de fecha 21 de julio de 2015, la Embajada de Brasil; hizo de conocimiento al Ministerio del Interior de la República del Perú, sobre la "Segunda Conferencia Global de Alto Nivel sobre Seguridad Vial", a realizarse en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa del Brasil, del 18 al 19 de noviembre de 2015; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 800-2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 14 de setiembre de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en misión de estudios, del 17 al 20 de noviembre de 2015, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Dino Escudero Alcántara, para que participe en la conferencia indicada, en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple N° 475-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 17 de setiembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorizó el viaje indicado en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado peruano; Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, la experiencia y conocimientos a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú resultando de interés institucional y del país, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y , el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Dino Escudero Alcántara, a realizarse en la ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil, del 17 al 20

de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora N° 002 ­ Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Viáticos US$370.00 Pasajes US$569.00 Días 2 Pers. TOTAL US$ 1 = US$ 740.00 1 = US$ 569.00 = US$ 1309.00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1307649-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Ad Hoc, a fin que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado en proceso penal seguido contra ex Cónsul General en Milán y otro, ante las autoridades jurisdiccionales de Italia
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 202-2015-JUS Lima, 3 de noviembre de 2015 VISTO, el Oficio Nº 3798-2015-JUS/CDJE-ST de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47º, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 21° del citado Decreto Legislativo N° 1068, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068, señala que el Procurador Público Ad