Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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VISTOS: El Oficio N° 271-2015-ETI-CPP-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; Informe N° 023-2015-MyE-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Integrante del Componente de Monitoreo y Evaluacion de la Secretaria Tecnica del citado Equipo Tecnico; y Oficios N° 0673-2015-P-CSJHN/PJ, N° 0635-2015-P-CSJSM/PJ, N° 2994-2015-P-CSJSA/PJ y N° 1829-2015-P-CSJSU/PJ, presentados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 024-2015-CE-PJ del 28 de enero de 2015, se dispuso, entre otras medidas, la prorroga de funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Sullana. Segundo. Que los Presidentes de las referidas Cortes Superiores solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga y ampliacion de competencia, conforme a los pedidos formulados, de organos jurisdiccionales transitorios de los mencionados Distritos Judiciales, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal y por la necesidad de coadyuvar con la descarga procesal. Tercero. Que por lo expuesto en los informes y reportes estadisticos remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y teniendo en cuenta que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional; deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Cuarto. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asi como adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 7192015 de la vigesimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de junio de 2015: Hasta el 31 de MORDAZA de 2015 DISTRITO JUDICIAL DE SAN MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de San MORDAZA, en adicion de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA · Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio con sede en la Provincia de Sullana, en adicion de funciones Sala Penal Liquidadora Transitoria. Hasta el 30 de noviembre de 2015 DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA · 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia del Santa. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Juzgado de la Investigacion Preparatoria Itinerante Transitorio de Huamalies - Dos de MORDAZA, en adicion de funciones Juzgado Penal Liquidador.

territorial en todo el Distrito Judicial, y con sede en Tumbes; conforme a lo establecido en el plan de liquidacion de procesos penales con la anterior normatividad. Segundo. Que, al respecto, mediante Resolucion Administrativa Nº 169-2015-CE-PJ, del 13 de los corrientes, este Organo de Gobierno suspendio la reubicacion a que se refiere el fundamento precedente. Sin embargo, y teniendo en cuenta que de conformidad con lo establecido en el numeral 3) del articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 1392015-CE-PJ, del 15 de MORDAZA de 2015, en los mencionados Distritos Judiciales ya se habian desarrollado las acciones para la implementacion de dicha decision en los plazos alli considerados; deviene en pertinente dejar sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 169-2015-CE-PJ. Tercero. Que, reevaluando la actual carga procesal con la anterior normatividad procesal penal y acorde con las actuales necesidades del servicio de imparticion de justicia y descarga procesal, resulta pertinente adoptar las disposiciones que permitan mejorar la productividad y eficiencia en estricta consonancia con los escasos recursos y medios presupuestales disponibles. Cuarto. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 705-2015 de la vigesimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 169-2015-CE-PJ, de fecha 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- Reubicar, a partir del 1 de MORDAZA y hasta el 31 de diciembre de 2015, la 1° Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, como Sala Penal Liquidadora de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Ancash. Articulo Tercero.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Tumbes, asi como la Gerencia General del Poder Judicial; en cuanto sea de su competencia, adopten las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Productividad Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Tumbes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1250197-1

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios en diversos Distritos Judiciales y dictan diversas disposiciones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 178-2015-CE-PJ MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015