Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015MINEDU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto, con eficacia al 28 de MORDAZA de 2015, la Resolucion Ministerial N° 569-2014MINEDU. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

toda entidad publica, de utilizar las mismas en las iniciativas que implementen, relacionadas con el empleo escrito de lenguas originarias. Asimismo, se senala que de ese modo, se garantizara el pleno cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 21 de la Ley Nº 29735 y en el articulo 30 del Reglamento de la Ley General de Educacion; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER la oficialidad de los veinticuatro (24) alfabetos de las lenguas originarias aprobados mediante Resoluciones Directorales de la entonces Direccion Nacional de Educacion Intercultural Bilingue y Rural y de la entonces Direccion General de Educacion Intercultural Bilingue y Rural, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina General de Asesoria Juridica publique la presente resolucion y su Anexo, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www.minedu.gob.pe/), el mismo dia de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

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Reconocen la oficialidad de veinticuatro alfabetos de lenguas originarias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 303-2015-MINEDU
MORDAZA, 12 de junio de 2015 Vistos; el Informe Nº 08-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, el Informe N° 036-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, y el Informe N° 171 -2015-MINEDU/SGOGAJ; CONSIDERANDO:

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Que, el literal f) del articulo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educacion, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, etnica y linguistica del MORDAZA, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, asi como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armonica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del articulo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservacion, desarrollo, recuperacion, fomento y difusion de las lenguas originarias del Peru, senala que el Ministerio de Educacion, a traves de la Direccion de Educacion Intercultural y Bilingue, y la Direccion de Educacion Rural, oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del pais. Asimismo, el numeral 2 del referido articulo precisa que las entidades publicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos oficiales que formulan o publican; Que, el articulo 2 de la citada Ley declara de interes nacional el uso, preservacion, desarrollo, recuperacion, fomento y difusion de las lenguas originarias del pais; Que, el articulo 30 del Reglamento de la Ley General de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 0112012-ED, senala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educacion bilingue acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, respetar y promover las lenguas y dialectos agrafos reconocidos y difundir su dominio oral y escrito, para lo cual se oficializaran las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley que regula el uso, preservacion, desarrollo, recuperacion, fomento y difusion de las lenguas originarias del Peru; Que, a la fecha, se han aprobado veinticuatro (24) alfabetos de lenguas originarias a traves de Resoluciones Directorales, emitidas por la entonces Direccion Nacional de Educacion Intercultural Bilingue y Rural; y posteriormente, por la entonces Direccion General de Educacion Intercultural Bilingue y Rural; Que, mediante los Informes Nº 08-2015-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA y N° 036-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, la Directora General de Educacion Basica Alternativa, Intercultural Bilingue y de Servicios Educativos en el Ambito Rural, sustenta la necesidad de reconocer, a traves de una Resolucion Ministerial, la oficialidad de los referidos alfabetos de lenguas originarias; puesto que las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Peru exceden el ambito especifico de la educacion intercultural bilingue, al existir la obligacion por parte de

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 126-2015-IN
MORDAZA, 12 de junio de 2015 VISTOS; el mensaje con referencia 201500221/GRUIN/ JCVS de fecha 8 de MORDAZA de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Bogota; y, el Memorandum Multiple Nº 229-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 20 de MORDAZA de 2015, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 100-2014-JUS de fecha 16 de MORDAZA de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Restrepo, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica, en la modalidad de Trafico Ilicito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; y disponer su MORDAZA por la via diplomatica a la Republica de Colombia, de conformidad con el Acuerdo vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensaje con referencia 201500221/ GRUIN/JCVS de fecha 8 de MORDAZA de 2015, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Bogota, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en MORDAZA que, el Gobierno Nacional colombiano ha autorizado la extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Restrepo; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 435-2015DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 19 de MORDAZA de 2015, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la