Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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l) Identificar y proponer la priorizacion de los proyectos de inversion publica de interes turistico de nivel nacional, programas de inversion turistica y prestar apoyo tecnico en los proyectos turisticos de los gobiernos regionales, locales y de otras entidades publicas que lo requieran; m) Fomentar, promover y propiciar el desarrollo de la inversion privada en la actividad turistica; n) Proponer la creacion de CITEs de Artesania y Turismo del Estado, asi como emitir opinion en lo que resulte de su competencia; o) Formular y proponer convenios de colaboracion o cooperacion interinstitucional; p) Evaluar las iniciativas privadas referidas a proyectos turisticos de interes nacional presentados ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en el MORDAZA del Reglamento de la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - para la posterior compraventa directa de bienes de dominio privado del Estado a favor de particulares, en base a los lineamientos establecidos por MINCETUR que buscan corroborar que el proyecto sea economicamente rentable, socialmente viable y ambientalmente responsable; q) Proponer y evaluar los aspectos tecnicos en materia de turismo en proyectos de cooperacion tecnica internacional; r) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Turismo." "Articulo 74-B.- Estructura organica de la Direccion General de Estrategia Turistica La Direccion General de Estrategia Turistica es la siguiente, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes unidades organicas: 1. Direccion de Productos y Destinos Turisticos. 2. Direccion de Innovacion de la Oferta Turistica." "Articulo 74-C.- Funciones de la Direccion de Productos y Destinos Turisticos Son funciones de la Direccion de Productos y Destinos Turisticos: a) Ejecutar y verificar el cumplimiento de las estrategias disenadas para el desarrollo sostenible de los recursos, atractivos, productos y destinos turisticos; b) Implementar y efectuar seguimiento de los planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible de productos y destinos turisticos, en el MORDAZA del PENTUR; c) Desarrollar propuestas de lineamientos y metodologias de incidencia nacional para elaborar el inventario de recursos turisticos, asi como organizar y actualizar el inventario nacional de los mismos, en coordinacion con los sectores competentes, segun corresponda; d) Evaluar sitios, circuitos y corredores turisticos a fin de identificar y proponer medidas para su desarrollo, en coordinacion con los sectores competentes, segun corresponda; e) Fomentar en coordinacion intersectorial asi como con los gobiernos regionales y locales, el desarrollo de productos y destinos turisticos, propiciando la diversificacion de la oferta turistica, integrandolos a traves de los corredores y circuitos de acuerdo con las exigencias del MORDAZA nacional e internacional; f) Identificar necesidades de servicios e infraestructura de apoyo para el desarrollo de productos turisticos, y coordinar con las entidades publicas que corresponda, la adopcion de las acciones y medidas que se requiera para superarlas; g) Identificar y formular programas y proyectos de inversion publica de interes turistico de nivel nacional, para su priorizacion; asi como ,efectuar seguimiento de los mismos; h) Promover la ejecucion de proyectos de inversion turistica y programas de inversion turistica impulsando esquemas de financiamiento publicos-privados de acuerdo a los lineamientos del PENTUR; i) Poner a consideracion del Director General, propuestas de lineamientos y mecanismos para el ordenamiento del espacio turistico territorial, permitiendo identificar y promover el dinamismo territorial para la actividad turistica, resaltar los destinos y productos turisticos que lo integran; j) Evaluar las iniciativas privadas referidas a las inversiones de desarrollo turistico a ser declaradas como interes nacional conforme a ley;

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

k) Opinar, en la materia de su competencia, respecto de la creacion de los CITEs de Artesania y Turisticos del Estado; que permitan la complementariedad en el desarrollo de productos y destinos turisticos; l) Fortalecer las capacidades, a traves de la asistencia tecnica y la transferencia de conocimientos para la planificacion y gestion de los gobiernos regionales y locales que promuevan la conduccion del desarrollo turistico de productos y destinos; m) Evaluar los instrumentos de gestion del patrimonio cultural inmueble de la Nacion en lo relativo a su uso turistico, como requisito previo a su aprobacion por la autoridad competente; n) Emitir opinion previa para la declaratoria de zonas de desarrollo turistico prioritario, a cargo de los Gobiernos Regionales; conforme a los criterios tecnicos establecidos para la declaratoria de Zonas de Desarrollo Turistico Prioritario; o) Promover mecanismos para el desarrollo de planes, programas o proyectos referidos al uso turisticos del patrimonio cultural en cuanto corresponde a la competencia del sector turismo y coordinando con la autoridad competente; p) Emitir opinion sobre proyectos de Convenios relacionados con los temas vinculados a sus funciones; q) Las demas funciones que le asigne la Direccion General de Estrategia Turistica." "Articulo 74-D.-Funciones de la Direccion de Innovacion de la Oferta Turistica Son funciones de la Direccion de Innovacion de la Oferta Turistica. a) Plantear mecanismos, planes y programas para contribuir a la innovacion y desarrollo sostenible de productos turisticos; asi como, fomentar la ejecucion de mecanismos, programas y proyectos turisticos mediante modelos y esquemas de innovacion; b) Identificar, estructurar, mejorar, implementar y difundir nuevas propuestas turisticas que permitan innovar en materia de desarrollo turistico, con la participacion de los actores involucrados; c) Disenar, organizar e implementar la estrategia de turismo rural comunitario como mecanismo de inclusion economica y social de las poblaciones locales vinculadas a los destinos turisticos; d) Apoyar a las localidades y pueblos que poseen un recurso turistico y/o un recurso con potencial productivo en agropecuarios, agroindustriales, piscicolas, artesania u otros, a fin de articularlos a la oferta turistica e ingresen a la cadena de prestadores de la actividad turistica, en coordinacion con los sectores segun corresponda; e) Coordinar el diseno e implementacion de programas de turismo inclusivo con organismos publicos y privados, orientados a facilitar y crear oportunidades para el disfrute de actividades turisticas a favor de grupos poblacionales con acceso limitados a dichos servicios; f) Generar, a nivel local, capacidades para la gestion del desarrollo turistico y del manejo empresarial en la prestacion de productos turisticos innovadores; g) Las demas funciones que le asigne la Direccion General de Estrategia Turistica." "Articulo 74-E.- Direccion General de Artesania Es el organo de linea encargado de formular, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar el cumplimiento de las politicas y normas en materia artesanal; asi como, promover la innovacion tecnologica propiciando la competitividad y el desarrollo de la inversion publica y privada en la actividad artesanal. Dirige, gestiona y supervisa las acciones relativas a los programas y proyectos en materia de su competencia. Depende jerarquicamente del Despacho Viceministerial de Turismo." "Articulo 74- F.- Funciones de la Direccion General de Artesania Son funciones de la Direccion General de Artesania: a) Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de la politica y normativa en el ambito artesanal; b) Promover, dirigir y supervisar las estrategias, planes, programas, proyectos, u otros mecanismos para promover la competitividad con enfasis en la innovacion, calidad y productividad de la actividad artesanal; c) Formular, evaluar y supervisar el cumplimiento del Plan Estrategico Nacional de Artesania-PENDAR y proponer sus actualizaciones;