Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Que, mediante Resolucion Directoral Nº 895-2010MTC/15 de fecha 30 de marzo de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de MORDAZA de 2010, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2581-2011MTC/15 de fecha 15 de MORDAZA de 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de MORDAZA de 2011, se autorizo a La Escuela la ampliacion de su sede principal, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 3517-2009-MTC/15, a su MORDAZA local en la MORDAZA de MORDAZA, por el periodo indicado en la referida Resolucion, a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la clase A categorias I, II y III y clase B categoria IIc, ubicandose su establecimiento en: Jr. Union Nºs. 184 - 192, primer piso, (CC. PP. Barrio de la MORDAZA Mz. "G" Lote Nº 9 A-2), Distrito de MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho. Asimismo, se autorizo el uso del circuito de manejo ubicado en: Av. MORDAZA Heraud s/n (Entre Av. MORDAZA Heraud, con el Jr. Canete cerrando con el Jr. Los Geranios y una MORDAZA (n) Colindante con la misma), Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2152-2012MTC/15.03 de fecha 05 de junio de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de MORDAZA de 2012, se autorizo la ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA, a La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la clase A categorias II y III y clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion anual para Transportes de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III, ubicandose su establecimiento en: Avenida MORDAZA Sur Nº 2277 (Mz. "V" Lote Nº 33), primer piso, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA I y II, 1ra etapa, Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de La Libertad. Asimismo, se autorizo el uso del circuito de manejo ubicado en: Av. MORDAZA MORDAZA s/n, Distrito El MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de La Libertad; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3869-2012MTC/15 de fecha 09 de octubre de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de noviembre de 2012, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I, para la sede senalada en el parrafo que precede; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 198-2013MTC/15 de fecha 10 de enero de 2013, se autorizo a La Escuela, para que utilice el circuito de manejo ubicado en: Av. Paccha Alta s/n ­ Barrio La Paccha, distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, adicional al autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 3517-2009-MTC/15; Que, mediante Parte Diario Nº 230449 de fecha 15 de diciembre de 2014, La Escuela presenta su solicitud de renovacion de la autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, la cual fuera otorgada con la emision de la Resolucion Directoral Nº 3517-2009-MTC/15 de fecha 16 de noviembre de 2009; Que, mediante Parte Diario Nº 237339 de fecha 26 de diciembre de 2014, La Escuela adjunta documentacion complementaria; Que, mediante Parte Diario Nº 009417 de fecha 16 de enero de 2015, La Escuela presenta la relacion de plana docente y flota vehicular con la que ya no contara en su sede autorizada con Resolucion Directoral Nº 3517-2009MTC/15 de fecha 16 de noviembre de 2009; Que, mediante Parte Diario Nº 013073 de fecha 22 de enero de 2015, La Escuela adjunta documentacion complementaria; Que, mediante Oficio Nº 534-2015-MTC/15.03 de fecha 27 de enero de 2015, notificado el 27 de enero del presente ano, esta administracion advirtio las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela,

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 026793 de fecha 11 de febrero de 2015, La Escuela solicito adicionalmente un plazo ampliatorio a fin de subsanar adecuadamente las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA mencionado; por lo que, con Oficio Nº 934-A-2015-MTC/15.03 de fecha 12 de febrero de 2015 y notificado en la misma fecha, se le concedio el plazo solicitado; Que, mediante Parte Diario Nº 035241 de fecha 25 de febrero de 2015, La Escuela presenta diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones realizadas con el Oficio Nº 534-2015-MTC/15.03; Que, mediante Informe Nº 003-2015-MTC/15.vho de fecha 17 de febrero de 2015, se senala que con fecha 17 de febrero de 2015, se efectuo la correspondiente inspeccion ocular de las instalaciones de La Escuela ubicada en: Avenida MORDAZA Sur Nº 2277 (Mz. "V" Lote Nº 33), primer piso, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA I y II, 1ra etapa, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de La Libertad; y del circuito de manejo ubicado en: Av. MORDAZA MORDAZA s/n, Distrito El MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de La MORDAZA, adjuntandose el Acta de Inspeccion Ocular respectiva; Que, mediante Informe Nº 011-2015-MTC/15.jmjf de fecha 23 de febrero de 2015, se senala que con fecha 19 de febrero de 2015, se efectuo la correspondiente inspeccion ocular de las instalaciones de La Escuela ubicada en: MORDAZA MORDAZA MORDAZA II Nº 182, MORDAZA piso, Urbanizacion el Ingeniero, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; y del circuito de manejo ubicado en: Avenida La Paccha Alta S/N, Barrio La Paccha, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, adjuntandose el Acta de Inspeccion Ocular respectiva; Que, mediante Informe Nº 005-2015-MTC/15.mgca de fecha 25 de febrero de 2015, se senala que con fecha 19 de febrero de 2015, se efectuo la correspondiente inspeccion ocular de las instalaciones de La Escuela ubicada en: MORDAZA Union Nºs. 184-192, primer piso (CC.PP. Barrio de La MORDAZA Mz. "G" Lote 9 A-2), Distrito de MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho; y del circuito de manejo ubicado en: Av. MORDAZA Heraud s/n (Entre Av. MORDAZA Heraud, con el Jr. Canete cerrando con el Jr. Los Geranios y una MORDAZA (n) Colindante con la misma), Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de MORDAZA, adjuntandose el Acta de Inspeccion; Que, el literal b) del numeral 7.2 del articulo 7º de El Reglamento, senala que es competencia de gestion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar la autorizacion a las Escuelas de Conductores, asi como modificar y/o renovar las autorizaciones o disponer su conclusion; Que, el articulo 38º de El Reglamento senala que las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teoricos y practicos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conduccion MORDAZA y responsable de los vehiculos que circulan dentro del territorio nacional; Que, El Reglamento regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, el articulo 55º de El Reglamento dispone que para otorgar la renovacion de la autorizacion de funcionamiento como Escuela de Conductores, los interesados deberan presentar una solicitud dentro del ultimo ano de vigencia de la misma y con una anticipacion no menor de treinta (30) dias calendario a su vencimiento, debiendo acompanar a su solicitud de renovacion los documentos descritos en los literales a), c), d), y j) del articulo 51º del presente reglamento. En caso que hubiese alguna variacion en alguno de los documentos senalados en los demas literales del mencionado articulo, debera precisarse y acompanar la documentacion que lo sustente. Asimismo, indica que el otorgamiento de la renovacion se MORDAZA por el mismo termino de la autorizacion y estara igualmente supeditado al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en el presente reglamento; Que, es pertinente senalar, que mediante la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15 de fecha 04 de setiembre de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de setiembre de 2013, se aprueba las Caracteristicas Especiales y el Estudio de Ingenieria del Circuito de Manejo con el que deben contar las Escuelas de Conductores; Que, el articulo 1º de la citada Resolucion Directoral establece: "Caracteristicas Especiales del Circuito de Manejo