Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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Articulo 3. Dentro de los quince (15) dias calendario, posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico debera presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Articulo 4. La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, y firmado por el Peru el 04 de marzo de 2014. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y la senora Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente de Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Mnistra de Relaciones Exteriores

MORDAZA AVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores

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Autorizan viaje de funcionario diplomatico a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0502/2015-RE
MORDAZA, 12 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente de la Republica, senor Ollanta MORDAZA Humala Tasso, realizara una Visita de Estado al Reino de Espana, del 7 al 8 de MORDAZA de 2015; Que, con la finalidad de coordinar los aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a la mencionada visita, es necesario que el Director de Ceremonial, de la Direccion General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 16 al 19 de junio de 2015; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.° 2936, del Despacho Viceministerial, de 10 de junio de 2015; y los Memorandos (PRO) N.° PRO0348/2015, de la Direccion General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 9 de junio de 2015; y (OPP) N.° OPP0815/2015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 10 de junio de 2015, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Cacho-Sousa Velazquez, Director de Ceremonial, de la Direccion General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, del 16 al 19 de junio de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomatico, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, al termino del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Clase Economica US$. 2 415,00 Viaticos por dia US$. 540,00 Numero Total de viaticos dias US$. 4 2 160,00

SALUD
Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria la prestacion de servicios de salud en el Hospital MORDAZA Auxiliadora, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 018-2015-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los articulos 7 y 9 de la Constitucion Politica del Peru reconocen que todos tienen derecho a la proteccion de su salud y el Estado determina la politica nacional de salud, de modo que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, este se constituye como la Autoridad de Salud a nivel nacional, y segun lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica nacional de salud y es la MORDAZA autoridad en materia de salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167, se creo el Instituto de Gestion de Servicios de Salud IGSS, como un organismo publico ejecutor, adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestion, operacion y articulacion de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios, y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y Hospitales nacionales; asi como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de MORDAZA Metropolitana; Que, el articulo 12 del precitado Decreto Legislativo ha previsto que son organos desconcentrados del IGSS, los Institutos especializados y los Hospitales de tercer nivel de atencion, entre los que se encuentra el Hospital MORDAZA Auxiliadora, por cuanto mediante Resolucion Ministerial Nº 029-2015/MINSA, se dio por concluido el MORDAZA de transferencia al IGSS; Que, el Decreto Legislativo Nº 1156, Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio publico de salud en los casos que exista un riesgo elevado o dano a la salud y la MORDAZA de las poblaciones, establece los supuestos que configuran una emergencia sanitaria y senala que su Declaratoria se aprueba mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, a solicitud de la Autoridad Nacional de Salud, indicando las entidades competentes que deben actuar para su atencion, la vigencia de la declaratoria de emergencia, asi como la relacion de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentarla; Que, el literal g) del articulo 6 del Decreto Legislativo Nº 1156 establece como un supuesto que constituye

Apellidos y Nombres MORDAZA MORDAZA Cacho-Sousa MORDAZA