Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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1. ORGANO DE DIRECCION 1.1. Despacho Viceministerial de Turismo 2. ORGANOS DE LINEA 2.1. Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania. 2.2. Direccion General de Politicas de Desarrollo Turistico. 2.3. Direccion General de Estrategia Turistica. 2.4. Direccion General de Artesania. 2.5. Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. (...)". CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE LINEA "Articulo 63.- Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania Es el organo de linea encargado de realizar investigacion y estudios a partir de la recopilacion, organizacion y sistematizacion de informacion referente al turismo y la artesania, relevante para la formulacion de politicas, planes y estrategias del sector turismo y artesania. Depende jerarquicamente del Despacho Viceministerial de Turismo." "Articulo 64.- Funciones de la Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania Son funciones de la Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania: a) Dirigir y supervisar el MORDAZA de recopilacion, consolidacion y actualizacion permanente de la base de datos sobre informacion de turismo y artesania; b) Conducir y supervisar el desarrollo de estudios e investigaciones que orienten la formulacion de politicas y estrategias en materia de turismo y artesania; c) Evaluar y supervisar la informacion y estudios que contribuya a la formulacion de politicas y estrategias orientadas al incremento de la oferta y la demanda turistica y artesanal; d) Dirigir y supervisar el desarrollo de estudios sobre las tendencias, desarrollo y perspectiva del comercio de servicios turisticos por actividades economicas; e) Supervisar y evaluar el resultado e impacto social, economico y ambiental de la actividad turistica y artesanal; f) Dirigir y supervisar la implementacion y actualizacion de la Cuenta Satelite del Turismo; g) Conducir y supervisar el diseno y actualizacion del Sistema de indicadores de gestion y resultados en materia de turismo y artesania, asi como realizar el seguimiento, la evaluacion y el monitoreo de los mismos; h) Dirigir y supervisar el Sistema de Informacion Turistica y el Sistema de Informacion para la Promocion y Desarrollo del Artesano, en coordinacion con la Direccion General de Artesania; i) Supervisar la actualizacion permanente del Registro Nacional del Artesano; j) Las demas funciones que le MORDAZA asignadas por el Viceministro de Turismo." "Articulo 65.- Estructura de la Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania La Direccion General de Investigacion y Estudios sobre Turismo y Artesania, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes unidades organicas: 1. Direccion de Investigacion y Analisis de Informacion de Turismo y Artesania 2. Direccion de Estudios de Prospectiva del Turismo y Artesania." "Articulo 66.- Funciones de la Direccion de Investigacion y Analisis de Informacion del Turismo y Artesania Son funciones de la Direccion de Investigacion y Analisis de Informacion de Turismo y Artesania: a) Procesar y analizar la informacion que contribuya a la formulacion de politicas y estrategias en materia de turismo y artesania, en base al analisis de las variables macroeconomicas nacionales e internacionales relevantes y su impacto socio-economico;

a) Formular interpretaciones respecto de la aplicacion de los compromisos comerciales internacionales y de integracion comercial del Peru, en el ambito de su competencia; b) Evaluar y formular la compatibilidad de la normativa nacional y de los socios comerciales con los compromisos comerciales internacionales y de integracion comercial; c) Analizar las implicancias juridicas de la normatividad nacional e internacional relacionada con el comercio exterior; d) Procurar la observancia de los compromisos comerciales internacionales y de integracion comercial asumidos por el Peru, en el ambito de su competencia; e) Elaborar informes de opinion en temas relativos al desarrollo y facilitacion del comercio exterior con incidencia en los compromisos comerciales internacionales; f) Las demas funciones que le asigne la Direccion General de Gestion Juridica Comercial Internacional". ARTICULO 9.- Modificacion de los articulos 54 al 56 del Titulo IX del ROF del MINCETUR, y del 63 al 74 del Capitulo IV del mismo Titulo incorporando los articulos 74-A al 74-N Modifiquense los articulos 54 al 56 del Titulo IX del ROF del MINCETUR, 63 al 74 del Capitulo IV, del mismo Titulo e incorporense los articulos 74-A al 74-N, en los siguientes terminos: "Articulo 54.- Despacho Viceministerial de Turismo El Despacho Viceministerial de Turismo esta a cargo del Viceministro de Turismo, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, en materia de turismo. El Viceministro ejerce sus funciones en el ambito de las competencias del Sector y de acuerdo a la Politica General del Estado." "Articulo 55.-Funciones del Viceministro Turismo: Son funciones del Viceministro de Turismo: de

a) Formular, proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica y estrategia de desarrollo de la actividad turistica y artesanal; asimismo, fomentar el turismo y la artesania en terminos de eficiencia y competitividad, en coordinacion con los sectores e instituciones vinculadas a su ambito de competencia, cuando corresponda; b) Dirigir y supervisar los planes, proyectos y programas correspondientes al ambito de su competencia, incluyendo el Plan Estrategico Nacional de Turismo -PENTUR y el Plan Estrategico Nacional de Artesania PENDAR; recogiendo para tal efecto la experiencia de PROMPERU cuando corresponda; c) Proponer la creacion, integracion o desactivacion de las Oficinas Comerciales del Peru en el exterior y establecer sus lineamientos tecnicos y planes estrategicos en materia de turismo; d) Formular los planes y estrategias para el desarrollo del turismo interno y receptivo; e) Formular y proponer las normas que correspondan al ambito de su competencia; f) Fomentar estrategias para incentivar las inversiones en actividades turisticas y afines; g) Impulsar el desarrollo de una oferta turistica que tenga como base recursos humanos idoneos y competentes; h) Fomentar los Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo - CITEs; i) Formular y proponer politicas y normas para regular y supervisar el desarrollo de la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas; j) Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplan los organos de linea a su cargo; k) Representar al Ministerio por delegacion o encargo en las reuniones o eventos nacionales e Internacionales sobre asuntos de su competencia; l) Resolver los recursos de apelacion relacionados con los procedimientos bajo su competencia; m) Elaborar, coordinar y suscribir los convenios de colaboracion interinstitucionales vinculados al turismo y a la artesania, asi como dirigir y supervisar su implementacion; n) Expedir Resoluciones Viceministeriales en las materias que le corresponden o le hayan sido delegadas; o) Las demas funciones que le asigne el Ministro." "Articulo 56.- La Estructura Organica del Viceministerio de Turismo es la siguiente: