Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2014 (13/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014

Aprueban la Directiva Nº 004-2014-VMIMC, "Normas, Pautas y Procedimiento que regulan las Autorizaciones Excepcionales de Ingreso a las Reservas Indigenas"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 012-2014-VMI-MC MORDAZA, 11 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 138-2014-DGPI-VMI-MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, el Memorando N° 1457-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 8262014-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica, constituyendo pliego presupuestal del Estado que tiene areas programaticas de accion sobre las cuales ejerce competencias, funciones y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas, siendo parte de ellas, la pluralidad etnica y cultural de la Nacion; Que, en concordancia, el articulo 15 de la citada Ley dispone que el Viceministro de Interculturalidad se constituye en la autoridad inmediata al Ministro en asuntos de Interculturalidad e Inclusion de las Poblaciones Originarias; Que, por su parte, la Ley N° 28736, Ley para la proteccion de pueblos indigenas u originarios en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial, establece el regimen especial transectorial de proteccion de los Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana que se encuentren en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial, garantizando en particular sus derechos a la MORDAZA y a la salud, salvaguardando su existencia e integridad, senalando que el Ministerio de Cultura a traves del Viceministerio de Interculturalidad se constituye en el ente rector de dicho regimen; Que, en ese sentido, el articulo 6 de la Ley N° 28736 establece los supuestos de excepcion por los cuales los entes estatales pueden ingresar a las Reservas Indigenas, a fin de preservar la salud de las poblaciones en aislamiento o contacto inicial; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 011-2013VMI-MC del 20 de diciembre de 2013, se aprobo la Directiva N° 003-2013-VMI/MC "Normas, pautas y procedimiento que regulan las autorizaciones excepcionales de ingreso a las Reservas Indigenas", teniendo como objeto facilitar el ingreso de manera excepcional a Reservas Indigenas conforme a lo establecido en el articulo 6 de la Ley N° 28736, y como finalidad establecer las normas, pautas y el procedimiento para otorgar dichas autorizaciones, como mecanismo eficaz y oportuno para la proteccion de los derechos de los Pueblos Indigenas en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial - PIACI; Que, a traves del Informe N° 138-2014-DGPI-VMI-MC la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas presenta ante el Viceministerio de Interculturalidad la propuesta de modificacion de la Directiva N° 003-2013VMI/MC, con el proposito de dar mayor operatividad y dinamismo a las autorizaciones excepcionales de ingreso a las Reservas Indigenas, dentro del MORDAZA legal de la Ley N° 28736, para lo cual propone una serie de cambios en sus disposiciones; Que, en correspondencia, con lo dispuesto en el inciso a) del numeral 7.2 de la Directiva N° 002-2011/ MC "Lineamientos para la formulacion y aprobacion de directivas del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolucion Ministerial N° 129-2011-MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorando N° 1457-2014-OGPP-SG/MC, emite su opinion tecnica, manifestando su conformidad al MORDAZA texto de Directiva propuesto; Que, asimismo, mediante Informe N° 826-2014OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoria Juridica en consonancia con lo previsto en el inciso b) del numeral 7.2 de la Directiva N° 002-2011/MC, opina sobre la

procedencia de modificacion de la Directiva N° 0032013-VMI/MC, considerando ademas que al tratarse de modificaciones sustanciales al texto de la citada directiva, resulta necesario aprobar una nueva Directiva, debiendo dejarse sin efecto legal la Directiva N° 003-2013-VMI/ MC; Con el visado del Director General (e) de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28736, Ley para la Proteccion de los Pueblos Indigenas u Originarios en Situacion de Aislamiento y en Situacion de Contacto Inicial; el Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28736; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, y la Directiva N° 0022011/MC "Lineamientos para la formulacion y aprobacion de directivas del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolucion Ministerial N° 129-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva Nº 004-2014-VMIMC, "Normas, Pautas y Procedimiento que regulan las Autorizaciones Excepcionales de Ingreso a las Reservas Indigenas", la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto legal la Directiva N° 0032013-VMI/MC "Normas, pautas y procedimiento que regulan las autorizaciones excepcionales de ingreso a las Reservas Indigenas", que fuera aprobada por Resolucion Viceministerial N° 011-2013-VMI-MC del 20 de diciembre de 2013. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la Directiva N° 004-2014-VMI/MC "Normas, Pautas y Procedimiento que regula las Autorizaciones Excepcionales de Ingreso a las Reservas Indigenas", en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BALBUENA MORDAZA Viceministra de Interculturalidad DIRECTIVA Nº 004-2014-VMI-MC "NORMAS, PAUTAS Y PROCEDIMIENTO QUE REGULAN LAS AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES DE INGRESO A LAS RESERVAS INDIGENAS" I. OBJETIVO: Establecer las normas, las pautas y el procedimiento, para las autorizaciones excepcionales de ingreso a las Reservas Indigenas, como mecanismo eficaz y oportuno para la proteccion de los derechos de los Pueblos Indigenas en Situacion de Aislamiento y en Situacion de Contacto Inicial - PIACI. II. FINALIDAD: Facilitar las autorizaciones excepcionales de ingreso a las Reservas Indigenas, conforme lo establecido en el articulo 6 de la Ley Nº 28736, Ley para la Proteccion de Pueblos Indigenas u Originarios en Situacion de Aislamiento y en Situacion de Contacto Inicial. III. BASE LEGAL: · Constitucion Politica del Peru. · Convenio Nº 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indigenas y Tribales en Paises Independientes, aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 26253. · Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. · Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura. · Ley Nº 28763, Ley para la Proteccion de Pueblo Indigenas u Originarios en Situacion de Aislamiento y en Situacion de Contacto Inicial, en adelante la LEY.