Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2014 (13/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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OSINERGMIN establecera la oportunidad, los criterios y procedimientos para la MORDAZA y aprobacion de las modificaciones al Plan de Inversiones, las cuales deben seguir los mismos principios que los aplicados en la formulacion del Plan de Inversiones. Las instalaciones no incluidas en el Plan de Inversiones aprobado, no seran consideradas para efectos de la fijacion del Costo Medio Anual, las tarifas y compensaciones de transmision."; Que, por otro lado, en la MORDAZA Tarifas y Compensaciones para SST y SCT, aprobada mediante la Resolucion Nº 217-2013-OS/CD, se establecen los criterios, metodologia y formatos para la MORDAZA de los estudios que sustenten las propuestas de regulacion de los SST y SCT, asi como lo referente al MORDAZA de aprobacion del Plan de Inversiones y de sus eventuales modificaciones, siendo que en su Primera Disposicion Transitoria establece: "De forma transitoria, las solicitudes de modificacion del Plan de Inversiones aprobado para el periodo 20132017, se presentaran entre los meses de enero a junio del ano 2014. Para los proximos periodos tarifarios, los Titulares deberan tomar en cuenta las fechas establecidas en la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", para lo cual OSINERGMIN modificara dicha MORDAZA en una proxima oportunidad. En un plazo MORDAZA de 60 dias habiles, contados desde la MORDAZA de la solicitud, OSINERGMIN emitira pronunciamiento o formulara observaciones, fijando un plazo de subsanacion para cada caso y segun la envergadura de las observaciones." Que, el 27 de junio de 2014 la empresa Edelnor, mediante Carta GR-153-2014, solicita a Osinergmin la modificacion del Plan de Inversiones 2013-2017 correspondiente al Area de Demanda 6, acompanando para tal efecto el "Estudio Tecnico Economico para la Modificacion del Plan de Inversiones 2013-2017 del Area de Demanda 6"; Que, las causales que motivan la referida solicitud son: i) Cambios significativos en la proyeccion de la demanda en los sistemas electricos MORDAZA Norte, Huaral-Chancay y Huacho­Supe; ii) cambios en las condiciones tecnicas o constructivas; y iii) otras razones, por lo cual propone reformular el plan de expansion de las subestaciones y lineas de transmision. Cabe indicar que las dos ultimas causales son inferidas de la propuesta de modificacion presentada por Edelnor; Que, con base en la informacion revisada, Osinergmin ha procedido a realizar un analisis integral, con el objetivo de sustentar su pronunciamiento sobre las solicitudes de modificacion del Plan de Inversiones 2013-2017, presentada por Edelnor, cuyo desarrollo se encuentra contenido en el Informe Tecnico Nº 553-2014-GART correspondiente, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion; Que, se han expedido el Informe Tecnico Nº 5532014-GART y el Informe Legal Nº 554-2014-GART, de la Division de Generacion y Transmision Electrica y de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de Osinergmin, respectivamente, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, en la Ley Nº 28832, Ley Para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, en la Ley Nº 27838, en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 33-2014. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan de Inversiones en Transmision del periodo comprendido entre el 01 de MORDAZA de 2013 y el 30 de MORDAZA de 2017, aprobado mediante Resolucion Nº 151-2012-OS/CD y modificado con Resolucion Nº 211-2012-OS/CD, en lo correspondiente

El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014

al Area de Demanda 6, segun se detalla en la seccion 6.4 - Modificacion del Plan de Inversiones 2013-2017- del Informe Tecnico Nº 553-2014-GART. Articulo 2º.- Incorporar, como parte integrante de la presente resolucion, el Informe Tecnico Nº 553-2014GART y el Informe Legal 554-2014-GART. Articulo 3º.- Las modificaciones en la Resolucion Nº 151-2012-OS/CD, realizadas mediante Resolucion Nº 211-2012-OS/CD, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolucion, seran consolidadas, en su oportunidad, en resolucion complementaria. Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 553-2014-GART y el Informe Legal 554-2014-GART en la pagina Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1163746-1 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 230-2014-OS/CD MORDAZA, 10 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 151-2012-OS/CD se aprobo el Plan de Inversiones para el periodo MORDAZA 2013 ­ MORDAZA 2017; la que respecto al Area de Demanda 1 fue impugnada por la empresa Electronoroeste S.A., a traves de recurso de reconsideracion que se resolvio mediante la Resolucion Nº 204-2012-OS/CD; Que, el numeral VII) del literal d) del Articulo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, senala: "VII) En la eventualidad de ocurrir cambios significativos en la demanda proyectada de electricidad, o modificaciones en la configuracion de las redes de transmision aprobadas por el Ministerio, o en las condiciones tecnicas o constructivas, o por otras razones debidamente justificadas, respecto a lo previsto en el Plan de Inversiones vigente, el respectivo titular podra solicitar a Osinergmin la aprobacion de la modificacion del Plan de Inversiones vigente, acompanando el sustento tecnico y economico debidamente documentado. Osinergmin debera emitir pronunciamiento, sustentado tecnica y economicamente, en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles de presentada la solicitud de modificacion. De aprobarse la modificacion del Plan de Inversiones, las modificaciones a las tarifas y compensaciones correspondientes se efectuaran en la Liquidacion Anual de ingresos siguiente a la fecha de puesta en operacion comercial de cada instalacion que conforma dicha modificacion del Plan de Inversiones. OSINERGMIN establecera la oportunidad, los criterios y procedimientos para la MORDAZA y aprobacion de las modificaciones al Plan de Inversiones, las cuales deben seguir los mismos principios que los aplicados en la formulacion del Plan de Inversiones. Las instalaciones no incluidas en el Plan de Inversiones aprobado, no seran consideradas para efectos de la fijacion del Costo Medio Anual, las tarifas y compensaciones de transmision."; Que, por otro lado, en la MORDAZA Tarifas y Compensaciones para SST y SCT, aprobada mediante la Resolucion Nº 217-2013-OS/CD, se establecen los criterios, metodologia y formatos para la MORDAZA de los estudios que sustenten las propuestas de regulacion de los SST y SCT, asi como lo referente al MORDAZA de aprobacion del Plan de Inversiones y de sus eventuales modificaciones, siendo que en su Primera Disposicion Transitoria establece: "De forma transitoria, las solicitudes de modificacion del Plan de Inversiones aprobado para el periodo 20132017, se presentaran entre los meses de enero a junio del ano 2014. Para los proximos periodos tarifarios, los Titulares deberan tomar en cuenta las fechas establecidas