Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2014 (13/11/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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Que, por convenir al servicio, resulta conveniente dar por concluida la citada designacion, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazara; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; y, la Resolucion Suprema Nº 003-2013-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTABRIDIS en el cargo de Director II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1163858-1
El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014
Aprueban modificacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS" correspondiente a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 396-2014-MIMP MORDAZA, 11 de noviembre de 2014 Vistos, el Informe N° 016-2014-MIMP-SG-OC de la Oficina de Comunicacion, el Informe N° 022-2014MIMP/OGPP-OP-MADA de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 533-2014-MIMP/OGPP/OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Nota N° 695-2014MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota N° 568-2014-MIMP/PNCVFS-DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28874 - Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinaran al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y television; Que, el literal a) del articulo 3 de la precitada Ley dispone que, para la autorizacion de la realizacion de publicidad estatal, debe cumplirse con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual es una Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y tiene entre sus objetivos el de formular, disenar, promover y ejecutar planes, proyectos y programas de prevencion y atencion, ademas de promover acciones de proteccion y recuperacion frente
a la violencia familiar y sexual; asi como la generacion del conocimiento de la problematica y la promocion de relaciones democraticas entre varones y mujeres; entre sus funciones se encuentra "ejecutar y evaluar estrategias de fortalecimiento de capacidades, informacion, educacion no formal, comunicacion, promocion y difusion a nivel nacional en las materias de su competencia; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 329-2014MIMP se aprobo el "Plan de Estrategia Publicitaria 2014PNCVFS" correspondiente a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con la Nota N° 568-2014-MIMP/PNCVFS-DE la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual solicita la modificacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS", el mismo que cuenta con opinion tecnica favorable por parte de la Unidad de Prevencion y Promocion Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoria Juridica, mediante los Informes Nº 091-2014/PNCVFS-UPPIFVFS-EMMV, N° 049-2014/PNCVFS/UPP y Nº 432-2014-MIMP-PNCVFS/ UAJ, respectivamente; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Planeamiento en el Informe N° 022-2014-MIMP/OGPP-OP-MADA ha determinado que la incorporacion de la difusion radial en la "Campana de Prevencion de Violencia contra la Mujer y difusion de los Servicios de Atencion para reportar la Violencia" no modifican los objetivos del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS" el mismo que se encuentra alineado a las Politicas y Planes del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables y contribuyen al Objetivo Estrategico General 2 "Eje Estrategico Mujer" del Plan Estrategico Sectorial Multianual - PESEM 2013-2016; Que, asimismo la citada Oficina General a traves de la Oficina de Presupuesto e Inversiones en el Informe N° 533-2014-MIMP/OGPP/OPI ha senalado que emite su opinion tecnica favorable para la modificacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 PNCVFS" segun la conformidad de certificacion presupuestal senalada por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual otorgada en el Informe N° 049-2014/PNCVFS/UPP en el que se determina que el monto adicional para la inclusion de la referida difusion radial que asciende a S/. 216,577.20 sera cubierta por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios conforme al siguiente detalle:
Meta (Secuencia Funcional) Division Funcional Partida Presupuestal Monto S/.
Funcion
Programa
0006
23
051
0080
2.3.2.2.4.1
2'124,323.24
Que, del mismo modo la Oficina de Comunicacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su Informe N° 016-2014-MIMP-SG-OC ha emitido la respectiva opinion tecnica favorable para la aprobacion de la modificacion del mencionado Plan; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar la modificacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 PNCVFS" formulado por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS; Con las visaciones de la Viceministra de la Mujer, de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual -PNCVFS, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Comunicacion; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 28874- Ley que Regula la Publicidad Estatal, el Decreto Legislativo N° 1098 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0032012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la modificacion del "Plan de Estrategia Publicitaria 2014 - PNCVFS", correspondiente a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la