Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2014 (16/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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publicacion en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Pasco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACION DE RECICLADORES Y RECOLECCION SELECTIVA Y EDUCACION AMBIENTAL DE RESIDUDOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE BRENA
Articulo Primero.- Aprobar el PROGRAMA DE FORMALIZACION DE RECICLADORES Y RECOLECCION SELECTIVA Y EDUCACION AMBIENTAL DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE BRENA, que en Anexo Nº 01 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Se Encarga a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica (e) la publicacion del texto de la presente Ordenanza y el Anexo Nº 01 en el MORDAZA Institucional de esta Corporacion MORDAZA (www.munibrena. gob.pe). Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion y difusion de la presente Norma. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1110145-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva y Educacion Ambiental de Residudos Solidos en el distrito
ORDENANZA N° 392-2013/MDB-CDB
Brena, 26 de junio del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de junio del 2013; el Informe Nº 018-2013-GSCMA/MDB, emitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente; el Informe Nº 014-2013-GM/MDB emitido por la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 018-2013-GSCMA/MDB, emitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente; el Informe Nº 014-2013-GM/MDB emitido por la Gerencia Municipal senalan que: "Los Articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Estado, modificados por la Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), senala que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico imperante. Que, el Concejo Municipal cumple una funcion normativa, entre otros mecanismos a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el Articulo 200º, inciso 4) de la Constitucion, tiene rango de Ley. Que la finalidad del Proyecto de Ordenanza en analisis es contribuir a promover la salud de las personas, de proteger el medio ambiente y el ornato de nuestra MORDAZA, que redunde en una mejor calidad de MORDAZA para nuestra poblacion, con una gestion de Residuos Solidos adecuada; por ello es necesario el desarrollo de actividades de implementacion que al mismo tiempo sirvan a los actores involucrados como base para la elaboracion de un futuro Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos, tal como lo exigen los dispositivos legales vigentes. Por lo cual opina que el Proyecto de Ordenanza "Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en el Distrito de Brena", se encuentra conforme a la normatividad contenida en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314 y Ley que regula la actividad de los Recicladores, Ley Nº 29419; que se continue con el tramite de la iniciativa alcanzada de la Gerencia de Servicios a la Ciudad". Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta y del Dictamen aprobo por Mayoria, la siguiente:

1110425-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Regulan los Cabildos Abiertos en el distrito
ORDENANZA Nº 202/MDC
Cieneguilla, 20 de junio de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA; VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, el Proyecto de Ordenanza presentado por el MORDAZA en ejercicio de la atribucion conferida por el articulo 20.35 de la Ley Organica de Municipalidades; y, el Dictamen Nº 1 de la Comision de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru dispone que las Municipalidades, Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno local, a quienes atribuye autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, el articulo 113 de la precitada Ley preceptua que los vecinos de una jurisdiccion municipal pueden ejercer su derecho de participacion vecinal en la municipalidad de su distrito mediante el Cabildo Abierto, conforme a la ordenanza que lo regula; Que, el articulo 119 de la Ley Organica de Municipalidades dispone que el Cabildo Abierto es una