Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2014 (16/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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votacion electronica, se debe garantizar a los electores que el MORDAZA de votacion en todas sus etapas sea transparente y refleje la voluntad popular; para estos efectos, las soluciones tecnologicas deben cumplir y garantizar los siguientes criterios: 4.1 Accesibilidad El sistema de votacion electronica debe garantizar que cualquier recurso, a traves de cualquier medio, este disponible para todas las personas, independientemente del MORDAZA de hardware, software, infraestructura de red, idioma, cultura, localizacion geografica y capacidades de los electores. 4.2 Interoperabilidad El sistema de votacion electronica debe ser capaz de operar en cualquier plataforma tecnologica, teniendo la capacidad de intercambiar informacion, conocimiento, compartir bases de datos, e integrar procesos, con independencia de sus caracteristicas tecnologicas, y garantizando la aplicacion del MORDAZA de neutralidad tecnologica. 4.3 Acceso a la informacion 4.3.1 La ONPE facilitara el acceso en sus instalaciones a las organizaciones politicas, organizaciones de observacion electoral que lo soliciten y al JNE, para la revision de los equipos electronicos, del codigo fuente y software, pudiendo formular las observaciones que correspondan, de conformidad con los documentos de gestion que para tal fin elabore la ONPE. 4.3.2 La ONPE debe garantizar que se brinde la informacion pertinente sobre los procedimientos para la instalacion de las versiones de actualizacion y correcciones del software del sistema de votacion electronica 4.4 Seguridad 4.4.1 El sistema de votacion electronica comprueba la identidad de los electores y garantiza la privacidad de los datos, la no vinculacion de estos con el MORDAZA emitido y que se refleje en el escrutinio. 4.4.2 El sistema de votacion electronica registra y genera data fiable a fin de que la observacion electoral sea optima y transparente, garantizando la autenticidad, disponibilidad e integridad de la misma. La ONPE adopta medidas con la finalidad de asegurar, que en caso de MORDAZA del sistema no se afecte los datos registrados, posibilitando su recuperacion y continuidad de la operacion durante el MORDAZA electoral. 4.4.3 El sistema de votacion electronica asegura la proteccion del MORDAZA emitido contra la influencia de medios externos que puedan alterar el contenido de los mismos. 4.4.4 El sistema de votacion electronica restringe su acceso a los actores electorales en razon de sus funciones o atributos, asignados durante el MORDAZA electoral. 4.4.5 Durante el MORDAZA electoral, los equipos electronicos deberan ser ubicados en una MORDAZA MORDAZA que impida la interferencia de cualquier MORDAZA, y que permita tener vigilancia contra eventuales amenazas y/o ataques. 4.4.6 Se debe contar con procedimientos que apoyen a los planes de continuidad y seguridad, a fin de garantizar la operatividad del sistema de votacion electronica, el cual permitira la emision de los resultados electorales. La ONPE garantiza la operacion continua de los equipos durante la jornada electoral. 4.5 Auditabilidad 4.5.1 La auditoria del sistema de votacion electronica se podra realizar en las diferentes etapas del MORDAZA electoral, segun lo determine la ONPE a traves del documento de gestion correspondiente, en observancia al MORDAZA de Preclusion. 4.5.2 Los registros de auditoria deben ser protegidos contra cualquier ataque que pueda alterarlos o eliminarlos parcial o totalmente, a fin de garantizar la confidencialidad de la informacion obtenida por los auditores. Articulo 5°.- Glosario Se utilizan las siguientes definiciones: 5.1 Acta electoral: Documento de registro de los hechos y actos electorales que se producen en cada mesa

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

de sufragio durante las etapas de instalacion, de sufragio y de escrutinio. 5.2 Actores electorales: Son aquellos ciudadanos que durante los procesos electorales, de forma individual o a traves de las organizaciones, desempenan funciones especificas cuyo cumplimiento efectivo se traduce en el exito de las elecciones en observancia de lo establecido en la Constitucion Politica vigente y la LOE. 5.3 Amenaza: Evento que puede desencadenar un incidente en la organizacion del MORDAZA electoral, produciendo danos materiales o perdidas inmateriales en sus activos. 5.4 Ataque: Evento exitoso o no, que atenta sobre el buen funcionamiento del sistema de votacion electronica. 5.5 Cabina de Votacion Electronica: Hardware y Software puesto a disposicion del elector para que emita su MORDAZA, ubicado en un ambiente que garantice la seguridad y secreto de su emision. 5.6 Cedula de Votacion Electronica: Constituye la expresion electronica de la cedula de sufragio convencional, disenada y aprobada por la ONPE. 5.7 Centro de Datos: Espacio exclusivo donde la ONPE mantiene y opera la infraestructura de las Tecnologias de Informacion y Comunicaciones para el desarrollo de sus funciones. 5.8 Codigo fuente: Termino que refiere al texto original de un programa informatico por el que se tiene acceso a la forma original escrita por el programador. 5.9 MORDAZA de voto: Impresion del MORDAZA emitido por el equipo electronico de la cabina de votacion, que permite al elector constatar que su MORDAZA ha sido correctamente registrado. 5.10 Cotejo de votos: Es la accion de comparacion del resultado registrado en el acta de escrutinio obtenida por medios electronicos con el resultado de la lectura manual o automatizada de las constancias de MORDAZA emitidas en la mesa de sufragio, que se efectua a solicitud del personero acreditado. 5.11 Dispositivos para el MORDAZA Electronico: Mecanismos que permitan realizar diferentes operaciones o tareas relacionadas a alguna funcion de la solucion. 5.12 Domicilio electronico: Constituye el equivalente funcional del domicilio habitual de las personas naturales. El acceso a este domicilio se realiza empleando un certificado digital de autenticacion. 5.13 Equipo electronico: Es el conjunto de dispositivos organizados en circuitos que funcionan por senales electricas, de tal manera que se logre emitir, registrar, generar, transmitir, recepcionar o almacenar senales que pueden ser traducidos a resultados o datos. 5.14 Escrutinio electronico: Totalizacion de los votos de la mesa de sufragio efectuada en acto publico por medios electronicos. 5.15 Material electoral: Conjunto de elementos fisicos e informaticos que se utilizan en la mesa de sufragio durante la jornada electoral. 5.16 Medida de contingencia: Toda aquella medida que se implementa con miras a garantizar la continuidad e integridad de la jornada electoral y los resultados de la misma. 5.17 Puesta a cero: Acto por el cual se constata que el sistema de votacion electronica no contenga votos, datos o registros propios de la votacion, MORDAZA del inicio del acto correspondiente. Una vez culminado el procedimiento, se deja MORDAZA a traves de un reporte impreso. 5.18 Resultados parciales: Son los votos registrados durante la etapa del sufragio, para su transmision hacia el Centro de Datos de la ONPE. 5.19 Resultados totales: Son la consecuencia de la contabilizacion de los votos registrados durante la etapa del sufragio, para su transmision hacia el Centro de Datos de la ONPE. 5.20 Sistema de votacion electronica: Conjunto de software, hardware y red de comunicaciones que haciendo uso de la tecnologia disponible permiten: comprobar los datos de identidad del elector; emitir, contar y consolidar votos; emitir reportes; presentar y transmitir resultados de un MORDAZA electoral, de referendum u otras consultas populares. 5.21 Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones: Se definen como sistemas tecnologicos mediante los que se recibe y procesa informacion, y que facilitan la comunicacion entre dos o mas interlocutores. 5.22 Transmision de resultados: Es el envio de los resultados electorales al Centro de Datos de la ONPE, mediante el uso de Tecnologias de la Informacion y